La Asamblea Legislativa Plurinacional sancionó la Ley 179/2021-2022 de modificaciones al Código Penal y al Código de Procedimiento Penal que estipula penas de 8 a 20 años de cárcel para los jueces y fiscales que incurran en el delito de prevaricato en los casos de feminicidio, violación niña, niño y adolescente e infanticidio.
“En caso de beneficio por parte de jueces o fiscales a personas que cometieron los delitos de feminicidio, violación de niño, niña, adolescente e infanticidio, la pena será de 8 a 20 años de cárcel. En general, la pena prevista para delitos de prevaricato es de 5 a 10 años, entonces estamos subiendo el tema de la pena condenatoria”, aseguró el presidente de la cámara de Diputados, Freddy Mamani.
Además, el delito de consorcio no sólo alcanzará a las autoridades jurisdiccionales, sino también a fiscales, abogados, servidores de apoyo judicial, conciliadores, policías, peritos, médicos, médicos forenses, trabajadores sociales y cualquier otro servidor público o profesional que forme parte del consorcio.
El proyecto de ley fue revisado primero en la Cámara de Senadores y ayer se sancionó en la Cámara de Diputados; este viernes la norma fue remitida al presidente del Estado, Luis Arce, para su posterior promulgación.