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lunes, junio 16, 2025

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De la temeridad con la que actúan los accionantes a tiempo de plantear sus demandas tutelares

Deberá ser impuesta, únicamente, cuando se evidencie que el accionante, actuó dolosamente con temeridad, abusando de su derecho de solicitar la tutela de sus derechos y lesionando intereses legítimos de la parte contraria o bienes jurídicamente protegidos.

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