Huacaya le dijo No a su Estatuto Autonómico Indígena y Macharetí Sí a la conversión a autonomía indígena, ayer, en dos referendos simultáneos que se realizaron en Chuquisaca. El primer municipio no estuvo exento de las denuncias de supuesto fraude electoral y en el segundo hubo campaña sucia, según declaraciones.
El viernes, con el voto de cinco de los nueve magistrados que conforman la Sala Plena, el TCP confirmó las judiciales parciales al declarar improcedentes las solicitudes de avocación interpuestas por el presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Óscar Hassenteufel, y el candidato a magistrado Fernando Escobar Pacheco.
Hassenteufel y Escobar apelaron a la figura jurídica de la avocación para impugnar la sentencia 0770/2024 de la Sala Cuarta que fraccionó estas elecciones y solicitaron a la Sala Plena que se pronuncien reconduciendo ese fallo. Argumentaban que el contenido de esta sentencia constituye una lesión a los derechos políticos de la población y que se trataba de una transgresión al sistema normativo boliviano.
El TCP, con el voto de los magistrados René Yván Espada, Gonzalo Miguel Hurtado, Julia Elizabeth Cornejo, Brígida Celia Vargas e Isidora Jiménez, a través de la Resolución de Avocación y de Unificación por Resolución de Doctrina Constitucional TCP-01/2024, del 21 de noviembre, dispuso en consecuencia declarar improcedentes las solicitudes.
“La Sala Plena del TCP, en virtud de la autoridad conferida por la Constitución Política del Estado y la facultad otorgada por el artículo 28.I numerales 15 y 16 de la ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, resuelve declarar improcedentes las solicitudes de avocación y de Unificación por Resolución de Doctrina Constitucional descritas en los memoriales 7, 8 y 11 de noviembre de 2024, presentadas por Óscar Abel Hassenteufel y Fernando Escobar Pacheco”, señala el ‘Por Tanto’ de la mencionada resolución, a la que CORREO DEL SUR accedió este viernes.
SEGUIRÁN EN EL CARGO
Cuatro de los magistrados que firmaron la improcedencia de las advocaciones continuarán en el cargo de forma indefinida debido a que en sus departamentos no habrá judiciales para el TSJ y el TCP. Se trata de los de Pando, Beni, Tarija y Santa Cruz. La resolución de improcedencia fue apoyada también por la magistrada Brígida Celia Vargas (La Paz).
La resolución se aprobó con la disidencia de los tribunos Paúl Franco (Presidente), Petronilo Flores, Karem Gallardo y Georgina Amusquívar.
“FUNESTO”
El vocal electoral Tahuichi Tahuichi Quispe calificó como “un funesto precedente” la decisión del TCP de declarar improcedentes las solicitudes de avocación y unificación para que las elecciones judiciales se realicen de manera íntegra en todo el país, en lugar de forma parcial.
Recurso de Nulidad: Alcalde de Trinidad pide seguir con el proceso electoral
En otro intento de dejar sin efecto la decisión de la Sala Cuarta, el alcalde de Trinidad, Cristian Cámara, presentó el 12 de noviembre un Recurso Directo de Nulidad (RDN) con la intención de que se declare nula la sentencia 0770/2024, que fracciona las judiciales. El recurrente considera que esa sala hizo “usurpación” de funciones.
El Alcalde de Trinidad, a través del RDN, solicita al TCP declarar la nulidad de la Resolución Constitucional 087/2024 de 15 de octubre de la Sala Constitucional Primera de Beni y de la Sentencia Constitucional Plurinacional 0770/2024, del 4 de noviembre y, como efecto, la remisión de antecedentes al Ministerio Público de oficio. Asimismo, como medida cautelar, pide la prosecución del proceso electoral sin interrupción, conforme al cronograma establecido por el TSE, impidiendo que resoluciones de amparo alteren etapas concluidas ni suspendan actividades programadas.
Solicita además la suspensión de los efectos de la SCP 0770-S4 hasta que el Tribunal Constitucional se pronuncie con un fallo sobre el RDN porque, de esa manera, según su posición, se preserva la integridad del proceso electoral y se evita una pérdida financiera irreversible para el Estado.
Para resolver este RDN, el recurrente pide que los magistrados René Yván Espada y Gonzalo Hurtado, ambos de dicha sala, se aparten del conocimiento de este recurso, en virtud a que tienen un interés directo en la causa lo que, en su criterio, pone en riesgo la equidad del proceso y compromete su neutralidad.
En entrevista con CORREO DEL SUR, Cámara explicó que la elección de autoridades del Órgano Judicial y del TCP es una atribución privativa de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP). “Hay una injerencia de los órganos del Estado increíble, es por eso que hemos presentado este RDN. No puede ser que a través de una sala constitucional anulen el derecho que tenemos los bolivianos de elegir y ser elegidos”, puntualizó.
Denunció que el TCP no se pronuncia sobre el RDN desde el 12 de noviembre. Mencionó que en junio de este año, en menos de 48 horas, admitió el RDN interpuesto por el diputado ‘arcista’ Juan José Jáuregui contra la convocatoria a la Séptima Sesión de la ALP presidida por Andrónico Rodríguez, y como medida cautelar dispuso la suspensión de competencia de esta autoridad en ejercicio del Legislativo, con la advertencia de que cualquier acto que realice será declarado nulo.