Principio de lesividad

El principio de lesividad establece que no se puede sancionar una conducta penalmente si esta no ha causado una lesión o puesta en peligro de un bien jurídico protegido por la ley.

Esto significa que solo los comportamientos que afectan negativamente a un bien jurídico —como la vida, la propiedad o la salud— son objeto de intervención penal, prohibiendo así el castigo de conductas que no dañan a terceros ni a la sociedad.

Puntos clave del principio

  • Protección de bienes jurídicos: El derecho penal tiene como función primordial proteger los bienes jurídicos más importantes (vida, libertad, propiedad, etc.).
  • Lesión o peligro: Para que una conducta sea considerada delito, debe haber una afectación de un bien jurídico. Esta afectación puede ser una lesión (daño consumado) o un peligro (situación de riesgo).
  • Límite al poder punitivo: Sirve como un límite al Estado, impidiendo que pueda sancionar conductas que considera «inmorales» o «incorrectas» si no implican un daño real a un bien jurídico protegido.
  • Exclusión de conductas inocuas: Se prohíbe la penalización de actos que no representan ningún riesgo para la sociedad o para otros individuos, evitando así «procesos inocuos».
  • Función del legislador y del juez: Este principio opera tanto para el legislador (al crear las leyes) como para los jueces (al aplicarlas), garantizando que se sancionen únicamente aquellos hechos que efectivamente dañan o ponen en peligro un bien jurídico tutelado.

 

Principios

Principio de legalidad

En cuanto al principio de legalidad, de conformidad a lo previsto por el art. 180 de la CPE, el Tribunal Constitucional a través de su SC 275/2010-R de 7 de junio, ha señalado que: "...es un principio procesal de la jurisdicción ordinaria; al respecto este Tribunal a través de la SC 91 9/ 2006-R de 18 de septiembre, que a su vez citó a la SC 62/2002 de 31 de julio, estableció que: 'el principio general de legalidad, como elemento esencial del Estado de Derecho' (...) en su vertiente procesal (garantía jurisdiccional), tiende a garantizar que nadie pueda ser sancionado sino en virtud de un proceso desarrollado conforme a las reglas establecidas en el procedimiento en cuestión, en el que se respeten las garantías establecidas por ley'. En consecuencia, el Estado no puede castigar una conducta que no está descrita ni penada por la ley, cimentándose una doble garantía: Por una parte, todas las personas conocen el ámbito de lo permitido y prohibido y, por la otra, el delincuente no puede ser castigado más que por las acciones legalmente descritas y sólo con la pena correspondiente".

Verdad Material y Verdad Procesal

La verdad material se enfoca en el "qué ocurrió", mientras que la verdad procesal se enfoca en "qué se puede probar" dentro del juicio. 

Ausencia civil

La ausencia civil es una situación jurídica donde una persona desaparece de su domicilio sin dejar noticias, generando incertidumbre sobre su paradero y existencia, lo que permite, tras un tiempo legal, una declaración judicial que designa un representante para administrar sus bienes y proteger sus intereses, sin que implique necesariamente una declaración de muerte.

Extraterritorialidad del Estado

La extraterritorialidad del Estado es la facultad de un...

Obligación de denunciar

Denunciar es un deber ciudadano, pero la ley establece excepciones y responsabilidades claras para proteger relaciones familiares y profesionales, a la vez que castiga el mal uso del sistema judicial con denuncias falsas.