lunes, diciembre 22, 2025

Portal Jurídico de la REPÚBLICA DE BOLIVIA

ISO 21043 es un nuevo estándar internacional para la ciencia forense marcando los requisitos que debe contener un periaje

La norma ISO 21043 es un conjunto de estándares internacionales para la ciencia forense, que establece requisitos y directrices para asegurar la calidad en todo el proceso forense, desde la recolección de evidencias (escenas del crimen, transporte, almacenamiento) hasta el análisis, interpretación y elaboración de informes, buscando armonizar prácticas y mejorar la fiabilidad de los resultados a nivel global, incluyendo vocabulario, análisis de evidencias y procedimientos de calidad.

¿Qué abarca?

La serie ISO 21043 se divide en partes que cubren diferentes etapas del proceso forense:

  1. Parte 1: Vocabulario(Términos y definiciones).
  2. Parte 2: Reconocimiento, registro, recogida, transporte y almacenamientode ítems con valor forense.
  3. Parte 3: Análisis.
  4. Parte 4: Interpretación.
  5. Parte 5: Informe.

Objetivo principal

  • Armonizar los procesos:Crea un lenguaje común y un marco de referencia para laboratorios forenses, facilitando la cooperación internacional.
  • Mejorar la calidad:Asegura la validez y fiabilidad de las prácticas forenses, implementando métodos transparentes y reproducibles.
  • Cubrir todo el ciclo:Desde la inspección inicial de la escena hasta la presentación de resultados en un juzgado.

Ámbito de aplicación

  • Es aplicable a la gestión de la calidad en todas las disciplinas forenses.
  • Se centra en elementos físicos (ADN, huellas dactilares), pero no en la recuperación de datos de medios digitales (eso lo cubre la ISO/IEC 27037).

En resumen, la ISO 21043 estandariza la ciencia forense para que sea más robusta, consistente y confiable, ayudando a la justicia a nivel mundial.
1-s2.0-S1355030625000887-main

Una guía para las Ciencias Forenses ISO 21043 desde la perspectiva del paradigma de la ciencia de datos forenses

La norma ISO 21043 es una nueva norma internacional para la ciencia forense. Proporciona requisitos y recomendaciones diseñados para garantizar la calidad del proceso forense. Incluye las siguientes secciones: 1. Vocabulario; 2. Recuperación, transporte y almacenamiento de objetos; 3. Análisis; 4. Interpretación; y 5. Informes. Proporcionamos una guía sobre la norma ISO 21043 desde la perspectiva del paradigma de la ciencia de datos forenses, que implica el uso de métodos transparentes y reproducibles, intrínsecamente resistentes al sesgo cognitivo, que utilizan el marco lógicamente correcto para la interpretación de la evidencia (el marco de razón de verosimilitud) y que están calibrados y validados empíricamente en condiciones de trabajo de casos. La guía se centra principalmente en el vocabulario, la interpretación y los informes, y en proporcionar orientación a los proveedores de servicios forenses y examinadores que desean implementar métodos que sean coherentes con el paradigma de la ciencia de datos forenses y conformes con la norma ISO 21043.

  1. Introducción

ISO 21043 Ciencias Forenses es un nuevo estándar internacional para la ciencia forense publicado por la Organización Internacional de Normalización (ISO). 1 Muchos proveedores de servicios forenses actualmente buscan la acreditación a ISO/IEC 17020 Evaluación de conformidad: Requisitos para el funcionamiento de varios tipos de organismos que realizan inspecciones para la investigación de la escena del crimen o a ISO/IEC 17025 Requisitos generales para la competencia de los laboratorios de prueba y calibración para actividades basadas en laboratorio, pero ninguno de estos estándares es específico para la ciencia forense . 2 ILAC G19 Módulos en un proceso de ciencia forense [ 2 ] proporciona orientación a los proveedores de servicios forenses que implementan ISO/IEC 17020 o ISO/IEC 17025, pero esto es un suplemento a esos estándares no específicos de la ciencia forense. Por el contrario, ISO 21043 es específico para la ciencia forense y, por lo tanto, podría considerarse una mejor opción en términos de proporcionar requisitos y recomendaciones específicamente relacionados con las actividades forenses . La norma ISO 21043 proporciona requisitos y recomendaciones diseñados para garantizar la calidad del proceso forense y cubre tanto las aplicaciones investigativas como las probatorias.

La norma ISO 21043 actualmente consta de las siguientes partes:

  • ISO 21043-1:2025 Ciencias Forenses – Parte 1: Vocabulario
  • ISO 21043-2:2018 Ciencias Forenses – Parte 2: Reconocimiento, registro, recolección, transporte y almacenamiento de artículos
  • ISO 21043-3:2025 Ciencias Forenses – Parte 3: Análisis
  • ISO 21043-4:2025 Ciencias Forenses – Parte 4: Interpretación
  • ISO 21043-5:2025 Ciencias Forenses – Parte 5: Informes

Cada Parte se publica como documento independiente. Las Partes están disponibles en el sitio web de ISO ( https://www.iso.org/standards.html ) o en los sitios web de las organizaciones nacionales de normalización. Al buscar «ISO 21043» en el sitio web, se obtendrán enlaces a todas las Partes disponibles de la norma. También se puede acceder a ellas a través de bibliotecas suscritas a catálogos de normas nacionales e internacionales. El contenido de la Parte 1 está disponible gratuitamente en h

La norma ISO 21043 puede utilizarse de diversas maneras para satisfacer las diferentes necesidades de los usuarios finales. Un proveedor de servicios forenses podría utilizar la norma como parte de su sistema de gestión de la calidad, cumplir con los requisitos y recomendaciones de la norma (o con partes específicas de la misma) y supervisar y documentar su conformidad. Esto podría hacerse para cumplir con el objetivo interno del proveedor de servicios forenses de mejorar la calidad de sus actividades forenses . Los organismos reguladores, los clientes que encargan trabajos o los tribunales que reciben informes o testimonios también podrían exigir a los proveedores de servicios forenses que cumplan con la norma ISO 21043 (o con partes específicas de la misma). Un proveedor de servicios forenses podría determinar y declarar por sí mismo su conformidad. En el futuro, podrían estar disponibles opciones de certificación y acreditación de terceros, lo que permitiría a los proveedores de servicios forenses incluir la norma ISO 21043 o partes de la misma en el alcance de su certificación o acreditación. Dado que la norma ISO 21043 es nueva, es probable que estas opciones tarden en estar disponibles, si es que lo están. Los organismos de certificación podrían desarrollar programas para certificar a los proveedores de servicios forenses como conformes con la norma ISO 21043 o partes de esta. Los organismos de acreditación podrían desarrollar programas para evaluar a los proveedores de servicios forenses con respecto a la norma ISO 21043 o partes de esta, como una extensión del alcance de su acreditación según la norma ISO/IEC 17020 o ISO/IEC 17025. La norma ISO 21043 no es una norma de acreditación, por lo que los proveedores de servicios forenses no pueden acreditarse según la norma ISO 21043 como una norma independiente.

La norma ISO 21043 fue desarrollada por el Comité Técnico ISO 272 de Ciencias Forenses (ISO/TC 272). Las normas ISO se desarrollan mediante un proceso que considera formalmente los comentarios y propuestas presentados por los comités espejo de las organizaciones nacionales de normalización participantes. 3 Los comités espejo nacionales participantes presentan propuestas concretas de cambios al borrador existente del documento; es decir, presentan propuestas para mover texto de una ubicación a otra en el documento, eliminarlo, añadirlo y modificarlo. Cada propuesta va acompañada de un comentario que explica la justificación del cambio. Los miembros del comité ISO, compuestos principalmente por representantes de los comités espejo nacionales participantes, debaten cada propuesta y votan sobre su aceptación. Si la mayoría de los representantes de los comités espejo nacionales participantes presentes en una reunión del comité ISO votan a favor de la propuesta (un voto por comité espejo nacional participante), esta se acepta. Los representantes de las organizaciones nacionales de normalización con estatus de observador y los enlaces de otros comités ISO y de organizaciones como la Cooperación Internacional de Acreditación de Laboratorios (ILAC) pueden asistir a las reuniones, pero no votar. Hacia el final del proceso de desarrollo, se lleva a cabo una fase de comentarios públicos, durante la cual las partes interesadas pueden presentar comentarios y propuestas a través de los comités espejo nacionales. Con la participación de comités espejo nacionales de diversos países, se representan diferentes perspectivas, y el proceso de desarrollo de una norma suele requerir consensos.

Las normas ISO suelen revisarse y (posiblemente) modificarse cada cinco años. Las Partes 1 y 2 de la norma ISO 21043 se publicaron por primera vez en 2018. Una versión revisada de la Parte 1 se publicó en 2025 y está prevista la publicación de una versión revisada de la Parte 2 en 2027. Las Partes 3, 4 y 5 se publicaron por primera vez en 2025. Se agradecerán las aportaciones de los examinadores y proveedores de servicios forenses que utilizan la norma ISO 21043 en la próxima revisión de la norma. Se pueden aportar aportaciones a través de los comités espejo nacionales.

Los autores del presente artículo han contribuido al desarrollo de la norma ISO 21043. Todos son miembros del Comité de Ciencias Forenses de la British Standards Institution (BSI) (un comité espejo nacional) y han representado a BSI en las reuniones del ISO/TC 272. El primer autor presidió el Comité de BSI entre 2019 y 2025 y fue líder del proyecto ISO para la revisión de la Parte 1. Sin embargo, todas las opiniones expresadas en este comentario son personales y no deben interpretarse como representativas de las políticas o posturas de BSI o ISO.

El presente artículo analiza la norma ISO 21043 desde la perspectiva del paradigma de la ciencia de datos forense. Otras publicaciones que ofrecen otras perspectivas sobre la norma ISO 21043 incluyen. En el paradigma de la ciencia de datos forense, los métodos de análisis e interpretación de la evidencia forense se basan en datos relevantes, mediciones cuantitativas y algoritmos de aprendizaje automático/modelos estadísticos. Los métodos :

  • son transparentes y reproducibles;
  • son intrínsecamente resistentes al sesgo cognitivo;
  • utilizar el marco lógicamente correcto para la interpretación de la evidencia (el marco de razón de verosimilitud); y
  • están calibrados y validadosempíricamente en condiciones de trabajo de casos. 4

El presente documento se centra en proporcionar orientación a los proveedores de servicios forenses y examinadores que desean implementar métodos que sean coherentes con el paradigma de la ciencia de datos forenses y conformes con la norma ISO 21043. Esperamos que también sea de valor para los proveedores de servicios forenses y examinadores interesados ​​en ser conformes con la norma ISO 21043 pero que aún no están listos para adoptar el paradigma de la ciencia de datos forenses.

En el resto del presente documento, se analiza cada parte de la norma ISO 21043. La Parte 1 (Vocabulario), la Parte 4 (Interpretación ) y la Parte 5 (Informe) se tratan con mayor profundidad que las Partes 2 y 3.

  1. Parte 1: Vocabulario

Para comprender el significado de los requisitos y recomendaciones de una norma, es fundamental comprender las definiciones de los términos utilizados en ella. La Parte 1 de la norma ISO 21043 proporciona dichos términos y definiciones. A continuación, analizamos los términos clave y sus definiciones.

La Fig. 1 ilustra elproceso forense.Los procesos que lo componensonel reconocimiento, registro, recolección, transporte y almacenamiento deartículos(abreviado en la Fig. 1 como «recuperacióndeartículos«),el análisis,la interpretacióny la elaboración de informes, correspondientes a las Partes 2, 3, 4 y 5 de la norma ISO 20143, respectivamente.La recuperaciónse define comoel reconocimiento, registro y recolección de unartículo.El reconocimientose define como la determinación delpotencialforensede los artículos.La recuperacióndeartículos,el análisisyla interpretación(todos los procesos que lo componen, excepto la elaboración de informes) se denominan conjuntamenteexamen.

  1. Fig. 1. El proceso forense . Los números en los recuadros de proceso representan las partes de la norma ISO 21043 a las que se refieren los procesos componentes.

El análisis se define como “la parte del examen que consiste en detectar, medir o comparar las propiedades de los elementos para obtener observaciones ”. La entrada del análisis son los elementos y el resultado, las observaciones . Una nota sobre la definición de análisis indica que “ el análisis puede ser instrumental, basado en la percepción humana o una combinación de ambos”.

Un artículo se define como un “objeto, sustancia, material o marca que se recolecta, deriva o muestrea como parte del proceso forense ”. Esto incluye lo que los lectores podrían conocer como rastros, especímenes, muestras, material de referencia, material de control, artículos de fuente cuestionada, artículos de fuente conocida y artículos muestreados de la población relevante. Incluye artículos recuperados de escenas y de personas de interés, pero también incluye otros artículos utilizados en el proceso forense . La Parte 1 no incluye un término que distinga los rastros de otros artículos . Aunque no es explícito en la definición, en el contexto de la norma ISO 21043 (incluida la definición de escena , que se analiza más adelante) es evidente que un artículo no tiene que ser físico: un artículo puede consistir en información digital.

Una nota a la definición de observación indica que «Una observación puede ser el resultado de un análisis basado en la percepción humana , un análisis instrumental o una combinación de ambos». Por lo tanto, la observación abarca tanto las observaciones perceptivas como las mediciones cuantitativas. Es posible que los lectores no estén acostumbrados a que una medición cuantitativa sea un significado de observación .

La interpretación se define como «la parte del examen que utiliza el juicio profesional, la lógica, la experiencia, datos e información relevantes y, si corresponde, modelos estadísticos para inferir el significado de las observaciones y, de esta manera, emitir opiniones respecto a las preguntas formuladas». La información de entrada para la interpretación son las observaciones y la información de salida son las opiniones .

La opinión no tiene su significado habitual, sino el de una opinión experta. Dada la definición de interpretación , una opinión puede ser directamente el juicio subjetivo de un examinador o el resultado de un modelo estadístico. Se requieren decisiones subjetivas para decidir qué modelo estadístico utilizar, qué datos usar para entrenar el modelo, etc., por lo que siempre se requiere juicio profesional y experiencia. Un cociente de verosimilitud generado por un modelo estadístico constituiría una opinión . Es posible que los lectores no estén acostumbrados a que el resultado de un modelo estadístico en general, o un cociente de verosimilitud generado por un modelo estadístico en particular, sea un significado de opinión .

La información de entrada para los informes son observaciones u opiniones , y los resultados son informes y , potencialmente, testimonios . Algunos informes y testimonios presentan solo observaciones , otros solo opiniones y otros ambas.

Informe y testimonio forman un par de términos relacionados. Un informe se define como un “ documento formal , designado como informe , que comunica los resultados del examen ”. La definición podría parecer tautología; sin embargo, la implicación es que un documento que comunica observaciones u opiniones , pero que no es formal ni se designa como informe , no es un informe , aunque en el lenguaje cotidiano se consideraría un informe. Por lo tanto, un informe se distingue, por ejemplo, de la comunicación preliminar de observaciones u opiniones . El testimonio se define como una “declaración que comunica información en un contexto judicial”.

Para evitar confusiones, no se utiliza “evidencia” para la entrada al análisis , ni para la entrada a la interpretación , ni para la salida del informe . Ni “resultado” ni “hallazgo” se utilizan para la salida del análisis ni para la salida de la interpretación . En la versión de 2018 de la Parte 2, “hallazgo” se utilizaba con el significado de observación , pero “hallazgo” ahora está en desuso. La revisión de la Parte 2 armonizará su vocabulario con el de la versión de 2025 de la Parte 1. “Conclusión” no se utiliza para la salida de la interpretación . Cualquiera que sea la opinión de uno sobre los méritos de estas (y otras) opciones de vocabulario, una vez adoptadas, eliminan la posible confusión, como si uno se está refiriendo a la salida del análisis o a la salida de la interpretación .

También es importante tener en cuenta con respecto a términos y definiciones lo siguiente.

La razón de verosimilitud se define como la expresión de la evaluación del examinador sobre la razón de las probabilidades de las observaciones si una de dos proposiciones en competencia fuera verdadera frente a si la otra proposición fuera verdadera. El término » observación » se utiliza cuando el término común en la literatura sobre inferencia y estadística forense es «evidencia», y el término » proposición » se utiliza con preferencia a «hipótesis». «Hipótesis» figura en la Parte 1 como un término admitido (un sinónimo aceptado para el término preferido), pero por lo demás no se utiliza en la norma ISO 21043. Notas importantes sobre la definición de razón de verosimilitud indican que, para datos de valor continuo, se evalúa la densidad de probabilidad en lugar de la probabilidad , y que el término razón de verosimilitud no pretende excluir los factores bayesianos.

Lamentablemente, la definición de probabilidad de la Parte 1 es poco útil: La probabilidad se define como el «grado en que algo es probable». En el lenguaje cotidiano, «probable» y «probable» son sinónimos, y proporcionar un sinónimo no aclara el significado en este caso. En el uso técnico en estadística, «probabilidad» y «verosimilitud» tienen significados diferentes, por lo que definir uno como el otro es incorrecto y engañoso. ISO 3534-1:1993 Estadística — Vocabulario y símbolos — Parte 1: Probabilidad y términos estadísticos generales definió «probabilidad» como «un número real en la escala de 0 a 1 asociado a un evento aleatorio» e incluyó una nota: «Puede estar relacionada con una frecuencia relativa de ocurrencia a largo plazo o con un grado de creencia de que un evento ocurrirá. Para un alto grado de creencia, la probabilidad es cercana a 1». Creemos que una definición y una nota en este sentido habrían sido más útiles. Abarcan tanto el concepto frecuentista como el concepto subjetivista-bayesiano de probabilidad. Una nota a la definición de probabilidad ISO 21043 establece que el “término incluye probabilidades cualitativas y cuantitativas asignadas subjetivamente y probabilidades cuantitativas asignadas mediante el uso de modelos y datos estadísticos”.

En relación con las razones de verosimilitud a nivel de fuente , la definición de población relevante es, desafortunadamente, incorrecta y engañosa. Se define como el “conjunto de elementos (o fuentes de elementos ) que, a juicio del examinador, refleja mejor una proposición y las circunstancias del caso”. Correctamente, las proposiciones para una razón de verosimilitud de fuente común , por ejemplo, serían alguna versión de “el elemento de fuente cuestionada y el elemento de fuente conocida provienen de la misma fuente (una fuente seleccionada al azar de la población relevante)” y “el elemento de fuente cuestionada y el elemento de fuente conocida provienen de dos fuentes diferentes (cada una de ellas una fuente seleccionada al azar de la población relevante)”. Por lo tanto, la población relevante no “refleja” una proposición , la población relevante es parte de la especificación de las proposiciones .

Afortunadamente, a la espera de posibles mejoras cuando se revise la próxima Parte 1, es poco probable que los problemas con las definiciones de probabilidad y población relevante sean impedimentos para el uso de la norma.

Escena e instalación forman un par de términos relacionados. Escena se define como “lugar u objeto que está sujeto a o requiere un examen forense ”. Una escena podría ser un objeto no estacionario como un vehículo. Una nota indica que “La escena puede ser una persona, un animal o una ubicación digital”. Los lectores podrían no estar acostumbrados a que objetos, personas, animales y ubicaciones no físicas se incluyan en el significado de escena . Instalación se define como “entorno físico utilizado para proteger la integridad del artículo , para realizar pruebas o para respaldar cualquier otro aspecto del proceso forense ”, y los ejemplos dados son “Edificio, área designada, carpa, oficina (móvil), laboratorio (móvil), vehículo”, por ejemplo, el análisis no tiene que ocurrir solo en un espacio de laboratorio permanente dedicado en un edificio, podría ocurrir en una escena o en otro lugar.

La interpretación evaluativa y la interpretación investigativa , y la proposición y la explicación , forman pares de términos contrastantes. La interpretación evaluativa se define como “ interpretación guiada por un conjunto de proposiciones relevantes y dirigida a generar razones de verosimilitud ”. La proposición se define como “afirmación que es verdadera o falsa, cuya verdad es incierta”. Por lo tanto, la interpretación evaluativa significa utilizar el marco de la razón de verosimilitud . La interpretación investigativa se define como “ interpretación guiada por observaciones realizadas y dirigida a generar explicaciones o estimaciones”. “Estimación” no es un término definido. Su significado se discutirá en §5.5 a continuación. La explicación se define como “causa posible de las observaciones , generada en una interpretación investigativa ”. Por lo tanto, una explicación es una hipótesis que se genera después de considerar las observaciones en lugar de una hipótesis que se especifica antes de considerar las observaciones . La distinción entre interpretación investigativa e interpretación evaluativa parece ser paralela a lo que [ 7 ] denominamos modos de operación de “investigador” y “evaluador”. De manera bastante confusa, una nota a la definición de interpretación investigativa establece que “puede usarse en una investigación o en un entorno judicial”, es decir, una interpretación investigativa no es solo para fines investigativos, también puede usarse con fines probatorios.

Clasificación e identificación forman un par de términos relacionados. Las definiciones de estos términos pueden diferir de lo que los lectores están acostumbrados. La clasificación se define como «asignar un elemento a uno de varios grupos predefinidos distintos según sus propiedades compartidas». Esta parece ser una definición habitual de «clasificación», pero una nota a la definición indica: «Si las clases se definen directamente mediante observaciones que no requieren interpretación , la clasificación puede realizarse independientemente del examinador «. El significado de esta nota se discutirá en el §5.6 a continuación. La identificación se define como «asignación a la clase más específica alcanzable», con ejemplos de » Identificar una sustancia roja como sangre humana, un polvo blanco como cocaína o una fibra como algodón». Si la segunda clase en cada ejemplo es realmente «la clase más específica alcanzable» es discutible, pero quizás los ejemplos sean suficientes para dilucidar la intención de la definición. Una nota a la definición de identificación indica: » La identificación no se define como responder a una pregunta sobre la fuente «. Este último término se define como “la cuestión de si dos o más elementos tienen el mismo origen o diferentes orígenes, o quién o qué es el origen de un elemento ”. 5 Por lo tanto, la identificación se define como una subclase de la clasificación , asignando un elemento a la clase más específica alcanzable, y no como una opinión categórica de que dos elementos (por ejemplo, una huella dactilar y una huella dactilar) provienen de la misma fuente. La opinión categórica se define como una “ opinión de que, a juicio del examinador , una proposición o explicación es verdadera y sería imposible obtener las observaciones si alguna de las proposiciones o explicaciones alternativas consideradas fuera verdadera”.

Examinador y proveedor de servicios forenses forman un par de términos contrastantes. Examinador se define como un “individuo que lleva a cabo cualquier parte del examen forense ”, pero examinador también se utiliza en la Parte 5 Informes, por lo que una definición más precisa sería “individuo que lleva a cabo cualquier parte del proceso forense ”. Los examinadores incluyen oficiales de la escena del crimen, técnicos de laboratorio, oficiales informantes, testigos expertos, etc. No se utilizan “científico forense” ni “profesional forense”. Por el contrario, proveedor de servicios forenses se define como una “organización que realiza todo o parte del proceso forense ”. Una nota a la definición de proveedor de servicios forenses establece que un proveedor de servicios forenses puede ser una organización que consta de un solo examinador . La distinción entre examinador (un individuo) y proveedor de servicios forenses (una organización) es importante porque algunos requisitos y recomendaciones se aplican a los examinadores y otros a los proveedores de servicios forenses .

Método y procedimiento forman un par de términos opuestos. Método se define como un enfoque sistemático y estructurado para realizar una tarea, y una nota ofrece análisis e interpretación como ejemplos de tareas. Procedimiento se define como una secuencia predefinida de pasos o acciones que se siguen para lograr un objetivo específico, y se ofrecen ejemplos de procedimientos para la validación de métodos , la evaluación de la incertidumbre de la medición y la revisión técnica .

La verificación y la validación tienen los mismos significados que en la norma ISO/IEC 17025:2017, es decir, la verificación es “proporcionar evidencia objetiva de que un proceso, método y/o equipo determinado cumple con los requisitos especificados”, y la validación es “ verificación , donde los requisitos especificados son adecuados para un uso previsto”.

A menos que esté precedido por “o bien”, el significado de “A o B” es inclusivo, es decir, es equivalente a “A y/o B”.

Como en todas las normas ISO, las cláusulas que contienen «deberá» especifican requisitos, las que contienen «debería» especifican recomendaciones y las que contienen «puede» especifican permisos. Estos verbos auxiliares no se definen en la Parte 1, pero su significado aparece en la Introducción de cada una de las demás Partes. La Parte 1 no contiene requisitos, recomendaciones ni permisos. Las notas y anexos de las demás Partes son informativos y no contienen requisitos, recomendaciones ni permisos.

  1. Parte 2: Reconocimiento, registro, recogida, transporte y almacenamiento de artículos

La Parte 2 se centra principalmente en las actividades que ocurren en el lugar de los hechos . Además de proporcionar requisitos y recomendaciones para la recuperación de objetos , también incluye requisitos y recomendaciones para su transporte y almacenamiento . Estos últimos siguen siendo relevantes durante la fase de análisis del examen . La Parte 2 también incluye algunos requisitos y recomendaciones relacionados con el proceso forense en general.

La Parte 2 está en proceso de revisión, y su título y contenido podrían cambiar. Por lo tanto, no la comentaremos en detalle.

El alcance de la versión de 2018 de la Parte 2 indica que se aplica a la recuperación de elementos físicos , pero no a la de elementos digitales . La recuperación de elementos digitales se aborda en la norma ISO/IEC 27037 Tecnología de la información — Técnicas de seguridad — Directrices para la identificación, recopilación, adquisición y preservación de evidencia digital . No tenemos motivos para creer que la versión revisada de la Parte 2 diferirá en este aspecto de su alcance.

  1. Parte 3: Análisis

4.1 . Contenido

Las secciones y subsecciones principales de la Parte 3 Análisis son:

  • 4 Requisitos generales
    • 4.1 General
    • 4.2 Validaciónverificaciónde métodos
    • 4.3 Equipos y consumibles
    • 4.4 Calibración y comprobaciones de rendimiento
    • 4.5 Trazabilidad metrológica
    • 4.6 Muestrasde referencia , muestrasde control , colecciones y bases de datos
    • 4.7 Incertidumbre de medición y cifras significativas
    • 4.8 Supervisión del rendimiento
  • 5 Personal
  • Instalaciones
  • 7 Condiciones ambientales
  • 8 Aceptación y rechazo de solicitudes y artículos
    • 8.1 Aceptación y rechazo de la solicitud del cliente
    • 8.2 Registro de artículos aceptados o rechazados
  • Estrategia analítica
    • 9.1 Requisitos generales
    • 9.2 Evaluación previa al análisis
    • 9.3 Selección de métodos
    • 9.4 Selección, muestreo y preparación de artículos
  • 10 Finalidad del análisis
    • 10.1 Clasificaciónidentificación
    • 10.2 Cuantificación
    • 10.3 Cuestión de la fuente
    • 10.4 Reconstrucción
  • 11 Fiabilidad de las observaciones

4.2 . Comentarios

Los alcances de la Parte 3 Análisis y la Parte 4 Interpretación establecen que son aplicables a todas las ramas de la ciencia forense . Una vez que se han obtenido observaciones de los artículos , se pueden aplicar los mismos tipos de métodos de interpretación independientemente de la naturaleza de los artículos y la rama de la ciencia forense . Sin embargo, para obtener observaciones , los métodos de análisis apropiados variarán, en mucha mayor medida, dependiendo de la naturaleza de los artículos y la rama de la ciencia forense . Los requisitos y recomendaciones esenciales para el análisis de un artículo en una rama de la ciencia forense podrían ser irrelevantes para el análisis de un tipo diferente de artículo en otra rama de la ciencia forense . Por lo tanto, las declaraciones de requisitos y recomendaciones en la Parte 3 a menudo se cubren con frases como «si corresponde». Muchos requisitos y recomendaciones así cubiertos parecen ser específicos para (y por lo tanto aplicables a) los métodos de análisis químico y biológico utilizados para extraer observaciones de artículos físicos como drogas, explosivos y muestras biológicas . En cambio, pocos, o ninguno, de los requisitos y recomendaciones cubiertos parecen ser aplicables a los métodos de procesamiento de señales utilizados para extraer observaciones de elementos digitales como grabaciones de voz e imágenes faciales. Un reto al aplicar la Parte 3 a una tarea de análisis específica en una rama específica de la ciencia forense será determinar qué requisitos y recomendaciones son realmente aplicables y cuáles no, y documentar y justificar dichas determinaciones.

Los requisitos de la Parte 3 que son ampliamente aplicables incluyen los requisitos del §4.1:

  • documentar métodos y pocedimientos de análisis ,
  • registrar los “datos, información y métodos utilizados durante el análisis ”, y
  • para registrar cualquier desviación de un procedimiento .

El §4.1 también exige que el proveedor de servicios forenses , cuando corresponda, cuente con procedimientos documentados para mitigar el riesgo de pérdida, degradación, contaminación o alteración de los artículos . Además de contar, si corresponde, con procedimientos para reducir el impacto de estos eventos adversos (mitigación), recomendamos que, si corresponde, el proveedor de servicios forenses cuente con procedimientos para reducir la probabilidad de que ocurran.

El §4.2 exige que los métodos se validen antes de su implementación, y el §9.3 establece que «Cualquier desviación de un método analítico validado o verificado deberá justificarse técnicamente y registrarse. Se registrará el impacto previsto de la desviación en la validez del método ». El §4.2 también remite a los lectores a la norma ISO/IEC 17025:2017 §7.2 para obtener orientación adicional sobre validación y verificación .

  • 4.7 requiere que “La estimación de la incertidumbre de la medición [se] incluya en la validación de métodoscuantitativos ”. Si un método de análisisutiliza procesamiento de señales para extraer automáticamente vectores de características ( observaciones ), como coeficientes de transformadas de Fourier, y esos vectores de características se introducen directamente en un modelo estadístico que implementa un método de interpretación , lo que tendría que validarse sería la combinación de los métodos de análisis e interpretación como un todo unificado. Dichos vectores de características suelen ser de alta dimensión y a menudo se extraen grandes cantidades de ellos. Dichos vectores de características generalmente no son interpretables por humanos y no son examinados por un humano. Podría argumentarse que la incertidumbre de la medición per se no es un concepto relevante para dichos vectores de características, pero que los métodos de análisis e interpretación como un todo unificado deben tener en cuenta las fuentes de variabilidad (como la variabilidad del muestreo) que podrían tener un impacto sustancial en la opiniónn.

El §4.4 establece que «Los equipos y programas informáticos que puedan afectar sustancialmente las observaciones deberán verificarse con arreglo a criterios de aceptación preestablecidos… antes de su uso… [y] periódicamente». Si es necesario para garantizar la fiabilidad de las observaciones , el §4.5 exige la calibración de los equipos de medición.

El §4.8 establece requisitos y recomendaciones relacionados con la supervisión del desempeño . Estos incluyen que «El proveedor de servicios forenses deberá participar regularmente en un programa de pruebas de competencia o comparación interlaboratorio pertinente, si está disponible. … Si no existe una prueba de competencia o comparación interlaboratorio adecuada, el proveedor de servicios forenses deberá implementar una comparación intralaboratorio ». El §4.8 también establece que «La supervisión del desempeño puede ser declarada o ciega».

En particular, en los análisis químicos y biológicos , es importante contar con requisitos y recomendaciones relacionados con la selección, el muestreo y la preparación de los artículos , la selección de métodos analíticos y el orden de aplicación de los métodos (p. ej., aplicar métodos no destructivos antes de aplicar métodos destructivos ). Dichos requisitos y recomendaciones se detallan en el §9.6 .

  1. Parte 4 : Interpretación

5.1 . Contenido

Las principales secciones y subsecciones de la Parte 4 Interpretación son:

  • 4 Requisitos generales
  • 5 Preguntas y proposiciones
    • 5.1 Preguntas
      • 5.1.1 General
      • 5.1.2 Tipos de preguntas
      • 5.1.3 Clasificación, incluida la identificación
      • 5.1.4 Cuantificación
      • 5.1.5 Cuestión de la fuente
      • 5.1.6 Reconstrucción
    • 5.2 Abordar la cuestión con una interpretación investigativaevaluativa
      • 5.2.1 General
      • 5.2.2 Interpretación investigativa
      • 5.2.3 Interpretación evaluativa
    • 6 Tipos de opiniones
      • 6.1 General
      • 6.2 Razones de verosimilitud
      • 6.3 Opiniones categóricas
      • 6.4 Explicaciones
      • 6.5 Estimaciones
    • 7 Asignación de probabilidades
      • 7.1 General
      • 7.2 Asignación de probabilidadesbasada en modelos estadísticos
      • 7.3 Asignación de probabilidadesbasada en el ser humano
    • 8 Expresión de la opinión
      • 8.1 General
      • 8.2 Expresión cuantitativa de la opinión
      • 8.3 Expresión cualitativa de la opinión
      • 8.4 Opiniones categóricas

El resto de esta sección está organizada principalmente en términos de tipos de opiniones .

5.2 . Razones de verosimilitud

En el contexto de la interpretación relacionada con la fuente de un ítem , si bien la Parte 4 no exige que los examinadores calculen razones de verosimilitud utilizando datos relevantes, mediciones cuantitativas y modelos estadísticos, existe una vía a través de la Parte 4 que incluye los requisitos y recomendaciones aplicables si esto es lo que hace el examinador . Esperamos que la existencia de esta vía fomente una mayor adopción de métodos que calculen razones de verosimilitud utilizando datos relevantes, mediciones cuantitativas y modelos estadísticos.

Los requisitos y recomendaciones relacionados con la implementación del marco de razón de verosimilitud se distribuyen en varias secciones y subsecciones de la Parte 4. A continuación, reunimos los requisitos y recomendaciones clave relacionados con la implementación del marco de razón de verosimilitud y los enumeramos y comentamos en lo que esperamos que el lector encuentre un orden fácilmente comprensible.

El §5.2.3 exige que las proposiciones se especifiquen antes de realizar el análisis . Indica: «Cuando las proposiciones se utilicen para abordar cuestiones relevantes para el caso, deberán especificarse antes de realizar el análisis ». Nos parece peculiar que la primera cláusula de esta oración establezca una condición, ya que si una proposición no aborda una cuestión relevante para el caso, no es una proposición significativa . El título del §5.2.3 es « Interpretación evaluativa », por lo que la intención podría haber sido: «Si se realiza una interpretación evaluativa , las proposiciones deberán especificarse antes de realizar el análisis ».

El §5.2.3 también enumera los siguientes requisitos para las proposiciones :

“El examinador considerará al menos dos proposiciones en competencia , que serán:

  1. a) pertinentes para responder la cuestión planteada en el caso;
  2. b) mutuamente excluyentes;
  3. c) explícito y específico;
  4. d) considerados durante el análisisla interpretaciónla presentación de informes ”.

Los apartados 5.1.5.1a y §5.1.5.1b establecen que se pueden utilizar proposiciones de fuente específica o de fuente común . Para la distinción entre razones de verosimilitud de fuente específica y de fuente común ,. El apartado §5.1.5 no menciona explícitamente las razones de verosimilitud ni las proposiciones , pero asume claramente el uso del marco de razones de verosimilitud .

  • 5.1.5 requiere que se tengan en cuenta la variabilidad entre fuentes, la variabilidad dentro de la fuente y la variabilidad de la medición, y requiere que se tenga en cuenta la “rareza” 7con respecto a la población relevante. La redacción exacta requiere que se tenga en cuenta la rareza de las “propiedades observadas” o la rareza de las “puntuaciones de comparación observadas”. Por lo tanto, se pueden utilizar métodos basados ​​en características o métodos basados ​​en puntuaciones. La “puntuación de comparación” no está definida, pero asumimos que sus referencias incluyen la “puntuación de similitud”. Las puntuaciones de similitud miden el grado de similitud (o el grado de diferencia) entre las observaciones realizadas en los elementos de la fuente cuestionada y de la fuente conocida en un caso, pero no tienen en cuenta la tipicidad de esas observaciones en comparación con las observaciones realizadas en los elementos muestreados de la población relevante . Aunque la Parte 4 permite utilizar métodos basados ​​en la puntuación de similitud , dichos métodos no tienen en cuenta adecuadamente la tipicidad Por lo tanto, recomendamos no utilizarlos.

El §7.1 requiere que los datos utilizados para asignar probabilidades sean “lo más representativos posible de la población relevante de elementos y lo más representativos posible de las condiciones del caso”. Tal como está escrito, la conformidad con este requisito no es evaluable: el requisito no establece quién debe hacer qué, y es imposible saber si los datos son “lo más representativos posible de la población relevante … y… las condiciones del caso”. El §7.2 establece: “Los datos solo se utilizarán para asignar probabilidades si, a juicio del examinador , son suficientemente representativos de la población relevante y las condiciones del caso”. A pesar de cierta ambigüedad gramatical, 8 este último es conceptualmente más apropiado, requiere que el examinador haga algo y está en línea con las recomendaciones en. Sin embargo, lo que falta es un requisito para que el examinador registre el resultado de su evaluación de si los datos son suficientemente representativos de la población relevante para el caso y reflejan suficientemente las condiciones del caso. También falta (en la Parte 5) un requisito para que el examinador informe el resultado de esa evaluación. Recomendamos que los examinadores registren e informen los resultados de su evaluación de si “los datos… utilizados para asignar probabilidades … son suficientemente representativos de la población relevante y las condiciones del caso”.

El §6.2 permite que los valores de razón de verosimilitud se asignen cuantitativa o cualitativamente. Una nota indica que “Una razón de verosimilitud puede asignarse cuantitativamente utilizando modelos estadísticos, o cuantitativa o cualitativamente basándose en el juicio profesional”. El §7.1 establece que “ Las probabilidades se asignan utilizando observaciones , datos existentes o modelos estadísticos” 9 ; sin embargo, “en ausencia de datos existentes o modelos estadísticos” da permiso explícitamente para asignar “ probabilidades subjetivas ”. En este contexto, interpretamos “ probabilidades subjetivas ” como probabilidades asignadas utilizando “juicio profesional”, en lugar de significar un concepto bayesiano subjetivista de probabilidad en oposición a un concepto frecuentista. La asignación subjetiva no calibrada y no validada de razones de verosimilitud ha sido criticada en, y recomendamos que esto no se haga. En lugar de explotar el permiso para asignar probabilidades subjetivas “en ausencia de datos existentes o modelos estadísticos” como excusa para no desarrollar y adoptar métodos basados ​​en datos relevantes, mediciones cuantitativas y modelos estadísticos, esperamos que la norma ISO 21043 fomente el desarrollo y la adopción de dichos métodos .

El §7.2 establece que «Los modelos estadísticos… utilizados para asignar probabilidades deberán ser adecuados para su uso previsto», y el §4 establece que «Los métodos de interpretación deberán ser adecuados para el uso previsto y estar respaldados por estudios de validación pertinentes ». Consideramos que esta combinación de requisito y recomendación es incompatible. La forma de demostrar que un método (incluido un método instanciado en un modelo estadístico) es adecuado para su uso previsto es mediante la validación del método . La definición de validación es «la aportación de evidencia objetiva de que un método … cumple los requisitos especificados, siempre que estos sean adecuados para el uso previsto». Esta combinación de requisito y recomendación se habría redactado mejor así:

  • un requisito para que alguien o alguna organización (por ejemplo, el proveedor de servicios forenses ) realice estudios de validación en condiciones de trabajo de casos;
  • un requisito para que el examinador utilice su criterio profesional para evaluar si las condiciones del caso son suficientemente similares a las de un estudio de validación como para que sea apropiado utilizar ese estudio de validación para demostrar que el método es adecuado para su uso en ese caso;
  • un requisito para que el examinador registre el resultado de esa evaluación; y
  • un requisito (en la Parte 5) para que el examinador informe el resultado de esa evaluación.

Recomendamos que los proveedores de servicios forenses y los examinadores sigan estos pasos.

La norma ISO 21043 no establece requisitos ni recomendaciones sobre cómo validar los métodos de interpretación que calculan las razones de verosimilitud . Para obtener orientación sobre cómo validar los métodos de interpretación que calculan las razones de verosimilitud a nivel de fuente , recomendamos el «Consenso sobre la validación de la comparación de voces forenses». Si bien su título y alcance se refieren a la comparación de voces forenses, con pequeñas modificaciones en la redacción, es aplicable a otras ramas de la ciencia forense .

El §8.2 incluye una recomendación que dice “Si se calcula un valor numérico (p. ej., una probabilidad o una razón de verosimilitud) utilizando observaciones cuantitativas , datos cuantitativos y un modelo estadístico, la opinión debe expresarse utilizando ese valor numérico”. La Parte 5 §5.5.2 y §5.5.3 tienen recomendaciones paralelas para la elaboración de informes. Recomendamos que los usuarios de la norma ISO 21043 traten estas recomendaciones como requisitos. Si se ha calculado un valor numérico de razón de verosimilitud , no informar dicho valor no sería transparente. Que la transparencia es un principio importante para la interpretación es evidente a partir de los múltiples requisitos y recomendaciones establecidos en la Parte 4, incluido lo siguiente del §7.1: “El examinador debe documentar cómo se asignan las probabilidades , incluida la base para dichas asignaciones. El examinador debe ser transparente sobre las fuentes de información utilizadas para asignar probabilidades . Cualquier suposición utilizada para asignar probabilidades debe registrarse claramente”.

  • 8.3 requiere que las opinionescualitativas (incluyendo razones de verosimilitudasignadas subjetivamente ) sean “extraídas de una escala de opinión predefinida en la que cada nivel tiene una expresión verbal”. Se proporcionan ejemplos de escalas de opinión que contienen expresiones verbales en la Parte 4, Anexo B. Si se calcula un valor de razón de verosimilitud utilizando datos relevantes, mediciones cuantitativas y modelos estadísticos, la Parte 4 no requiere ni recomienda el uso de una expresión verbal de una escala de opinión , pero tampoco lo prohíbe. Recomendamos informar solo el valor numérico de la razón de verosimilitud y no utilizar una escala de opinión ; no se ha encontrado que proporcionar una expresión verbal además de una razón de verosimilitud numérica mejore la comprensión del significado de la razón de verosimilitud (véase [ 20 ] para una revisión de la literatura empírica). Para críticas sobre el uso de escalas de opinión .

El §6.2 incluye una advertencia de no transponer el condicional (para no cometer la falacia del fiscal). Esta advertencia está formulada como un requisito: «El examinador no debe confundir la razón de verosimilitud con la razón de las probabilidades de las proposiciones ». Sin embargo, tal como está redactado, no es posible evaluar el cumplimiento de este requisito, ya que se refiere al estado mental del examinador , no a sus acciones. La Parte 5, §5.5.3, incluye un requisito adecuadamente redactado: «Al informar una razón de verosimilitud, el examinador … no debe transponer el condicional».

Parte 4 El Anexo A proporciona una explicación del significado de una razón de verosimilitud .

5.3 . Opiniones categóricas

La Parte 4 permite a los examinadores expresar opiniones categóricas . El §6.3 establece que “ Las opiniones categóricas solo se formarán cuando, a juicio del examinador , sería imposible obtener las observaciones si cualquier proposición alternativa fuera verdadera”. Esta es la definición de la Parte 1 de opinión categórica reafirmada como requisito. “imposible obtener las observaciones si cualquier proposición alternativa fuera verdadera” podría parecer un listón alto, pero la decisión de si se supera el listón depende del juicio del examinador y, por lo tanto, es susceptible al sesgo cognitivo . Ha habido una gran preocupación por el sesgo cognitivo en la ciencia forense, por ejemplo,  Las opiniones categóricas basadas tanto en la percepción humana como en el juicio subjetivo serían especialmente susceptibles al sesgo cognitivo . El §8.4 recomienda que un segundo examinador verifique la opinión y examine los ítems . En nuestra opinión, esto no aborda adecuadamente las preocupaciones sobre la susceptibilidad al sesgo cognitivo : la verificación por parte del segundo examinador de la opinión subjetiva del primer examinador no es ciega a dicha opinión .

Las opiniones categóricas son , en general, incompatibles con el marco de razón de verosimilitud . Son definitivamente incompatibles si las observaciones son cuantitativas, se valoran continuamente y presentan variabilidad dentro de la fuente. Quizás las únicas excepciones a la incompatibilidad de las opiniones categóricas con el marco de razón de verosimilitud serían las exclusiones cuando datos discretos invariantes (p. ej., perfiles de ADN de alta plantilla de un solo donante) no coinciden exactamente, y las exclusiones en circunstancias triviales, como que el calibre de un casquillo de cartucho sea diferente del calibre de un arma de fuego. Salvo en estos casos excepcionales, recomendamos no utilizar las opiniones categóricas .

5.4 . Explicaciones

Como se explica en el §2 anterior, una explicación es una hipótesis que se genera tras considerar las observaciones . Esto contrasta con una proposición , cuya hipótesis, según el §5.2.3, debe especificarse antes de realizar el análisis . El §5.2.2 establece que «En la interpretación investigativa , el examinador no tendrá proposiciones desde el principio. El examinador puede generar posibles explicaciones para las observaciones ». Y el §6.4 exige que «Al asignar probabilidades de explicaciones , el examinador deberá tener en cuenta no solo las observaciones actuales, sino todas las observaciones e información relevantes disponibles en el caso».

El Anexo C de la Parte 4 incluye un ejemplo del uso de explicaciones :

Tras el incendio de un edificio, la policía considera si se debe iniciar una investigación criminal y pregunta a un examinador sobre la causa del incendio. Tras examinar la escena del incendio, el examinador ve tres posibles explicaciones : ( Explicación A ) un fallo eléctrico, ( Explicación B ) una estufa sobrecalentada mientras se cocinaba, y ( Explicación C ) la adición de una fuente de ignición por parte de una persona. Con el fin de ayudar a la policía a decidir cómo proceder, el examinador clasificó las explicaciones del incendio según su probabilidad . El examinador expresó su opinión investigativa afirmando que «basándome en mis observaciones y sin saber nada más sobre el caso, en mi opinión , la Explicación A es la más probable, la Explicación C es mucho menos probable y la probabilidad de la Explicación B es muy baja».

Como se mencionó anteriormente, ha habido una gran preocupación sobre el sesgo cognitivo en la ciencia forense, por ejemplo, fue particularmente crítico de la práctica de generar explicaciones post hoc para las observaciones , y lo comparó con disparar al costado de un granero y luego dibujar objetivos alrededor de los agujeros de bala. En nuestra opinión, el uso de la interpretación investigativa para generar explicaciones y asignar probabilidades a esas explicaciones sería altamente susceptible al sesgo cognitivo .

Recordemos que (como se menciona en el §2 anterior) una nota a la definición de interpretación investigativa establece que “puede utilizarse en una investigación o en un contexto judicial”. Si bien la interpretación investigativa , que genera explicaciones y les asigna probabilidades , es necesaria en contextos investigativos, recomendamos que, debido a su alta susceptibilidad al sesgo cognitivo , no se utilice con fines probatorios.

  • 5.2.2 establece que “ las explicacionespueden convertirse en proposiciones para una interpretación evaluativaposterior ”. 10 Si esto se hace al pasar de un contexto investigativo a un propósito probatorio, recomendamos que se tomen medidas para reducir el potencial de sesgo cognitivo , por ejemplo:
  • El análisis y la interpretación de la evidencia deben ser realizados desde cero por un examinador que no haya tenido exposición previa al caso (en adelante, el “nuevo examinador ”).
  • No se debe proporcionar al nuevo examinador ninguna información sobre el caso que no sea relevante para su tarea.
  • No se debe proporcionar al nuevo examinador ninguna información sobre lo que hizo el primer examinador .
  • Al nuevo examinador sólo se le deben proporcionar las proposiciones y los elementos de interés o, si el reanálisis de los elementos no es práctico y las observaciones se basan en instrumentos en lugar de en la percepción humana, al nuevo examinador sólo se le deben proporcionar las proposiciones y las observaciones .

5.5 . Estimaciones

El término «estimación» no se define en la Parte 1. Por lo tanto, tiene su significado habitual. «Estimación» es el proceso de realizar un cálculo o evaluación aproximados, y una «estimación» es el resultado de dicho proceso. Lamentablemente, en la Parte 4, se suele usar «estimación» donde la palabra correcta sería «estimar» (incluso en el encabezado del §6.5; todos los encabezados homólogos se refieren a resultados, no a procesos). De aquí en adelante, utilizaremos los dos sustantivos, «estimación» y «estimar», según sus diferentes significados.

El §5.2.2 establece que «La estimación de un valor no implica el uso de proposiciones ». El §5.2.1 incluye ejemplos para explicar cuándo sería apropiado realizar una estimación y cuándo aplicar el marco de razón de verosimilitud (que sí implica proposiciones ). Un par de ejemplos son:

Si la pregunta fuera a qué velocidad circulaba un automóvil, el examinador utilizaría la interpretación investigativa para estimar la velocidad. Si la pregunta fuera si la velocidad superaba el límite, el examinador utilizaría la interpretación evaluativa [es decir, el marco de razón de verosimilitud ]».

En el último ejemplo, las dos proposiciones serían alguna versión de “el automóvil viajaba por encima del límite de velocidad” y “el automóvil viajaba al límite de velocidad o por debajo de él”.

El §6.5 establece que “El examinador debe evaluar la incertidumbre de la [estimación], por ejemplo, en forma de una distribución o un rango de valores”. El §8.2 establece que “[Las estimaciones] se expresarán numéricamente y deberán ir acompañadas de una expresión de la incertidumbre de la [estimación]”.

5.6 . Laguna

El alcance de la Parte 4 establece que los requisitos de la Parte 4 «son aplicables a todas las disciplinas forenses «; sin embargo, el alcance también establece que » La interpretación no es necesaria, y los requisitos de la [Parte 4] no se aplican, si las observaciones resultantes del análisis responden directamente a la pregunta relevante», y el §5.1.3 establece «Si las clases se definen directamente por observaciones que no requieren interpretación , los requisitos de la [Parte 4] no se aplican a esa clasificación «. Además, como se menciona en el §2 anterior, una nota a la definición de clasificación establece que «Si las clases se definen directamente por observaciones que no requieren interpretación , la clasificación puede realizarse independientemente del examinador «. El alcance de la Parte 4 incluye un ejemplo en una rama particular de la ciencia forense :

En química analítica, las sustancias suelen identificarse o clasificarse . Siempre que los métodos analíticos aplicados no tengan limitaciones de selectividad o sensibilidad para la pregunta en cuestión, las observaciones pueden conducir a una declaración directa del nombre de la sustancia ( identificación ) o de un tipo de material ( clasificación ). Esto no se considera interpretación a efectos de la [Parte 4]».

Esto parece proporcionar lo que consideramos una laguna preocupante. Aunque el ejemplo es específico de la clasificación o identificación en química analítica, no está claro cuántos tipos de opiniones en cuántas ramas de la ciencia forense podrían pasar por la laguna. La frase «no limitado en selectividad o sensibilidad » implica una tasa de error cero, por lo que el texto más amplio permite a un examinador afirmar que su método tiene una tasa de error cero y luego presentar una opinión sin seguir los requisitos de interpretación de la norma ISO 21043. Las afirmaciones de que los métodos tienen tasas de error cero fueron severamente criticadas por el Consejo Presidencial de Asesores en Ciencia y Tecnología (PCAST) [ 37 ]. Una norma de química forense, ASTM E2329-14 Práctica estándar para la identificación de drogas incautadas , también afirmó que algunos métodos (o combinaciones de métodos ) tienen tasas de error cero. ASTM E2329-14 fue la primera norma en comenzar a desarrollarse bajo la Organización de Comités del Área Científica para la Ciencia Forense (OSAC) del Instituto Nacional de Normas y Tecnología (NIST) y luego en incluirse en el Registro de Normas de OSAC. Sin embargo, inmediatamente después de que ASTM E2329-14 se publicara en el registro de OSAC, NIST emitió una declaración planteando inquietudes sobre la afirmación de la norma de tasas de error cero [ 38 , 39 ]. En la aplicación, todos los métodos tienen una tasa de error distinta de cero. Se puede demostrar que la tasa de error de un método es pequeña, pero nunca se puede demostrar que sea cero. Si uno ejecuta una serie de pruebas y no observa un error, eso no significa que la tasa de error sea cero porque el número de pruebas realizadas es finito. Podría ocurrir un error en la siguiente prueba. Existen técnicas estadísticas establecidas para calcular las tasas de error para una serie de pruebas en las que no se observan errores (o en las que solo se observa una pequeña cantidad de errores). Utilizando estas técnicas, a medida que aumenta el número de pruebas realizadas, la tasa de error estimada disminuye. Sin embargo, dado que el número de pruebas realizadas es finito, la tasa de error estimada nunca llega a cero. Por lo tanto, el ejemplo dado en el alcance de la Parte 4 no es válido: ningún método tiene tasas de error cero; por lo tanto, ningún método de interpretación puede estar exento de los requisitos de interpretación de la norma ISO 20143. Recomendamos a los usuarios de la norma ISO 21043 que no intenten explotar esta aparente laguna.

  1. Parte 5 : Informes
  2. 6.1 . Contenido

Las secciones y subsecciones principales de la Parte 5 del Informe son:

  • 4 Requisitos generales
  • 5 Contenido del informe
    • 5.1 General
    • 5.2 Requisitos administrativos
    • 5.3 Integridad del artículo
    • 5.4 Incertidumbre de medición y cifras significativas
    • 5.5 Dictámenes informativos
      • 5.5.1 General
      • 5.5.2 Informe de probabilidades
      • 5.5.3 Informe de razones de verosimilitud
      • 5.5.4 Informes de estimaciones
    • 6 Revisión del expediente
      • 6.1 General
      • 6.2 Revisión técnica
      • 6.3 Revisión administrativa
    • 7 Emisión y control de informes
      • 7.1 Emisión de informes
      • 7.2 Complementación, modificación y retirada de informes
      • 7.3 Informes de control
      • 7.4 Comunicaciones de observacionesopinionesque no sean mediante informe
    • Testimonio
      • 8.1 General
      • 8.2 Capacitación y evaluación del testimonio

6.2 . General

El §4 establece los requisitos generales para la presentación de informes, incluidos:

  • que los examinadores “no informen más allá de su área de especialización” y “no informen más allá de lo que pueda basarse en la información disponible”;
  • que se informen las limitaciones conocidas de los métodos y procedimientos ; y
  • que “se informe sobre cualquier desviación de los métodos o procedimientos documentados … [que] pudiera tener un impacto sustancial en las observaciones u opiniones ”, y que “se explique el motivo de dicha desviación”.

Los §5.1–§5.4 establecen requisitos y recomendaciones relacionados con el contenido que debe incluirse en los informes y con el formato de los informes .

El §7 establece requisitos y recomendaciones relacionados con la emisión y el control de informes , incluyendo complementar, modificar y retirar informes , garantizar la trazabilidad de cualquier alteración autorizada de los informes y reducir el riesgo de alteración no autorizada de los informes .

El §7.4 establece requisitos y recomendaciones para la comunicación de observaciones y opiniones, ya sea verbalmente o por escrito, fuera del contexto de un informe , por ejemplo, la comunicación preliminar de observaciones y opiniones , o la comunicación de observaciones y opiniones derivadas de exámenes masivos para fines investigativos. Estos requisitos son menos estrictos que los de los informes , pero el §7.4 también incluye la obligación de emitir un informe si la información comunicada está destinada a ser utilizada por un tribunal.

El §8.1 establece: « Las observaciones y opiniones deben estar respaldadas por informes , registros de casos, datos o documentos, o por todos ellos». Nos resulta difícil comprender esta oración y nos preguntamos si el significado pretendido era: « Las observaciones y opiniones deben estar respaldadas por uno o más de los siguientes: informes , registros de casos, datos o documentos».

6.3 . Informes de razones de verosimilitud (y otros tipos de opiniones)

El §5.5 establece requisitos y recomendaciones relacionados con la elaboración de informes de opinión . Estos incluyen, en el §5.5.1, que los informes «deberán diferenciar las opiniones de las observaciones » (§5.5.1.1), que « las opiniones … no se presentarán como si fueran declaraciones de hechos» (§5.5.1.4), y (en el §5.5.1.1):

“Los informes que contengan opiniones deberán incluir:

  • a) las preguntas a responder;
  • b) el conjunto de proposiciones , cuando sea aplicable;
  • do) una descripción de los supuestos que son relevantes para la formación de la opinión ;
  • d) “la base de la opinión ”.

y (en §5.5.1.2): “Los informes que contienen opiniones deben incluir o hacer referencia a:

  • a) una descripción de cualquier dato utilizado;
  • b) “una descripción de cualquier modelo estadístico utilizado”.

El §5.5.1.4 también recomienda que al informar opiniones a nivel de fuente , el examinador debe indicar que la opinión solo se relaciona con el nivel de fuente y no con el nivel de actividad.

Los §5.5.2 y §5.5.3 permiten que las probabilidades y los cocientes de verosimilitud se expresen cuantitativa o cualitativamente. El §5.5.1.2 recomienda que, si se utiliza una escala de opinión (lo que la Parte 4 §8.3 requiere para las opiniones cualitativas ), se incluya o haga referencia a toda la escala de opinión en el informe .

El §5.5.2 recomienda que los datos utilizados para asignar probabilidades se describan o se haga referencia a ellos en el informe (esto es una repetición del §5.5.1.2a). El §5.5.2 también recomienda que, si un método de asignación de probabilidades genera un valor numérico, este se informe, y el §5.5.3 recomienda que, si un método calcula un valor numérico de razón de verosimilitud , este se informe. Como se indica en el §5.2 anterior, recomendamos a los usuarios de la norma ISO 21043 que consideren estas recomendaciones como requisitos. No informar el valor numérico resultaría poco transparente.

El §5.5.4 exige que las estimaciones se informen como valores numéricos y que cada estimación esté acompañada de una expresión de la incertidumbre de su valor.

  • 5.5.3 requiere que, al expresar una razón de verosimilitud, el examinadorno transponga el condicional (no cometa la falacia del fiscal).

El §5.5.1.3 establece que “ Las opiniones no se presentarán de manera que se exagere o minimice su fuerza”. 12 Pero continúa diciendo:

Cuando la solidez de la opinión se reporta como un índice de verosimilitud , se podrá reportar un límite del índice de verosimilitud más cercano al valor neutro de 1, dejando claro que el índice de verosimilitud supera dicho límite. El proveedor de servicios forenses deberá justificar debidamente la elección de dicho límite.

Se proporciona un ejemplo de un informe que indica que «en una comparación de perfiles de ADN… la razón de verosimilitud es superior a mil millones», y se afirma que «esto no subestimaría la solidez de la opinión ». Una nota indica que:

“Reducir una razón de verosimilitud basándose en limitaciones de la calidad del elemento , la medición o los datos, no es subestimar la fuerza de la opinión , sino seguir los requisitos [de la Parte 4] de tener en cuenta las limitaciones en la interpretación ”.

Estas contorsiones (enunciar un requisito y luego autorizar su incumplimiento, pero simulando que no lo infringe) podrían haberse evitado si el requisito inicial hubiera sido simplemente que el examinador no exagerara deliberadamente la fuerza de la opinión . Dado que un examinador no puede saber si está subestimando o exagerando la fuerza de la opinión , es imposible cumplir con el requisito de no subestimar ni exagerar su fuerza.

La “calidad” de los ítems debe ser tomada en cuenta al calibrar el sistema que calcula los cocientes de verosimilitud . El sistema debe calibrarse usando datos que reflejen las condiciones de los ítems de fuente cuestionada y de fuente conocida en el caso. Para un sistema calibrado y validado usando datos que reflejen peores condiciones, los valores del cociente de verosimilitud logarítmica que genere estarán más cerca del valor neutro de 0 que para un sistema calibrado y validado usando datos que reflejen mejores condiciones. Véase Figura 8 para ejemplos de gráficos de Tippett que muestran tales relaciones en los resultados de validación de un sistema calibrado usando diferentes cantidades de datos de ítems de fuente cuestionada (diferentes duraciones del habla en grabaciones de voz del hablante cuestionado).

En algunas jurisdicciones, es práctica habitual en la comparación de perfiles de ADN establecer un límite superior para la magnitud de la razón de verosimilitud informada. Esto se justifica porque el valor calculado se basa en datos muestrales , sujetos a la variabilidad del muestreo, y en modelos estadísticos, que se aproximan a la estructura de la distribución poblacional, pero no necesariamente coinciden con ella. Por lo tanto, el valor resultante del modelo está sujeto a incertidumbre.

No se puede saber si un valor de razón de verosimilitud calculado en particular subestima o sobreestima el valor que tendría si se tuviera acceso a la distribución “real” de la población. Sin embargo, una preocupación común ha sido el peligro de sobrestimar la fuerza de la opinión . Esto ha llevado al uso de métodos que reducen la probabilidad de sobrestimar la fuerza de la opinión , es decir, métodos que reducen la probabilidad de presentar un valor de razón de verosimilitud que esté más alejado del valor neutral de 1 de lo que podría ser el valor “real” de razón de verosimilitud . Sin embargo, si se toman medidas para reducir la probabilidad de sobrestimar la fuerza de la opinión , necesariamente se aumentará la probabilidad de subestimar la fuerza de la opinión .

Incluso si un valor de razón de verosimilitud calculado a partir de perfiles de ADN de alta plantilla de un solo donante es muchos órdenes de magnitud mayor que 1 mil millones, con el fin de reducir la probabilidad de exagerar la fuerza de la opinión , los examinadores en algunas jurisdicciones informan que el valor de razón de verosimilitud es del orden de 1 mil millones [ 41 ]. Para el tomador de decisiones legales en el contexto de un caso, un valor de 1 mil millones sigue siendo un número muy grande.

Si se calcula un valor de razón de verosimilitud , en aras de la transparencia, recomendamos que dicho valor se incluya en el informe , incluso si el valor principal se informa como «superior a 1.000 millones». Como se menciona en el §5.2 anterior, la Parte 4, §8.2, incluye la recomendación de que «si se calcula un valor numérico (p. ej., una probabilidad o una razón de verosimilitud ) utilizando observaciones cuantitativas , datos cuantitativos y un modelo estadístico, la opinión debe expresarse utilizando dicho valor numérico».

La práctica en algunas jurisdicciones para el ADN es informar un valor de razón de verosimilitud de 1.000 millones sin calcular realmente dicho valor, sabiendo que si se calculara dicho valor sería mayor que 1.000 millones: si los perfiles de ADN de alta plantilla de un solo donante coinciden en todos los loci de un multiplex de 15 o más loci, y la proposición de fuente diferente es que el donante de fuente cuestionada es una persona que proviene de una gran población relevante y que no está relacionada con el donante de fuente conocida, entonces, independientemente de cuáles sean realmente los alelos en los perfiles, la razón de verosimilitud calculada sería órdenes de magnitud mayor que 1.000 millones.

La lógica detrás de colocar un límite a los valores de los índices de verosimilitud también podría aplicarse a los índices de verosimilitud calculados en otras ramas de la ciencia forense en las que los valores de los índices de verosimilitud calibrados estarán (mucho) más cerca del valor neutral de 1 que de 1 mil millones, y cualquier límite utilizado estaría, por lo tanto, también (mucho) más cerca del valor neutral de 1.

A pesar de estar permitido en §5.5.1, calcular e informar dichos límites es controvertido y se ha debatido extensamente, incluso en Un factor clave en el debate ha sido si uno se suscribe a un concepto bayesiano subjetivista de probabilidad o a un concepto frecuentista o verosímil de probabilidad. [ 8 ] señaló que, independientemente de la posición filosófica de uno, el resultado práctico sería el mismo: uno informaría un factor de Bayes o una razón de verosimilitud que estaría más cerca del valor neutral de 1 que si uno simplemente calculara una razón de verosimilitud basándose solo en los datos de muestra. [ 8 ] propusieron el uso de métodos (bayesianos o verosimilitudistas) que reducen el valor calculado del factor de Bayes o la razón de verosimilitud hacia el valor neutro de 1, por ejemplo, mediante el uso de valores a priori no informativos o la regularización del modelo. Dichos métodos no están explícitamente permitidos en §5.5.1, pero consideramos que se ajustan al espíritu de la autorización para informar un límite más cercano al valor neutro de 1 y, por lo tanto, deberían ser aceptables.

  1. Conclusión

Hemos proporcionado una guía que esperamos anime y ayude a los proveedores de servicios forenses y a los examinadores a aprovechar al máximo la norma ISO 21043 ( Ciencias Forenses) . Animamos a los proveedores de servicios forenses y a los examinadores a utilizar la norma ISO 21043 y, basándose en su experiencia, a proporcionar comentarios que ayuden a implementar mejoras en la próxima revisión de la norma.

Descargo de responsabilidad

A menos que se indique explícitamente lo contrario, todas las opiniones expresadas en el presente documento son opiniones personales de los autores y no deben interpretarse como representativas de políticas o posiciones de ninguna organización con la que estén asociados los autores.

Declaración de intereses en conflicto

Los autores declaran que no tienen ningún interés financiero en competencia conocido ni relaciones personales que pudieran haber parecido influir en el trabajo presentado en este artículo.

Principios

Indefensión aprendida

La indefensión aprendida es un estado psicológico donde una persona, tras experimentar...

Principio de reversibilidad

El principio de reversibilidad en derecho se refiere principalmente a la...

Principios a ser considerados en una Imputación Formal

Los principios clave de la imputación formal son la necesidad...

Principio de provisionalidad

El principio de provisionalidad significa que una medida o situación...

Amicus curiae 

Un amicus curiae (del latín, "amigo del tribunal") es una persona...