miércoles, diciembre 3, 2025

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Derecho penal del acto

Se basa en el principio de que la pena debe responder a lo que el individuo ha hecho, sancionándolo solo por los actos ilícitos que ha cometido y que son reprochables, promoviendo así la seguridad jurídica y protegiendo bienes jurídicos protegidos por la ley.

El derecho penal del acto es un sistema jurídico que castiga las conductas realizadas (el «acto») y no la personalidad del individuo («ser»), enfocándose en el hecho delictivo y no en lo que la persona es o piensa.

Se basa en el principio de que la pena debe responder a lo que el individuo ha hecho, sancionándolo solo por los actos ilícitos que ha cometido y que son reprochables, promoviendo así la seguridad jurídica y protegiendo bienes jurídicos protegidos por la ley.

Características clave:

  • Condena por el hecho, no por la persona: Sanciona la conducta (lo que se hizo) y no la persona (por lo que se es). Por ejemplo, no se castiga a alguien por ser peligroso o inmoral, sino por cometer un acto dañino.
  • Base en la libertad de elección: La culpabilidad se fundamenta en la libertad del individuo para elegir actuar de una manera u otra.
  • Enfoque en la acción: Se centra en el delito como una conducta perjudicial para la sociedad, la cual daña o pone en riesgo bienes jurídicos protegidos.
  • Seguridad jurídica: Busca la seguridad jurídica al garantizar que nadie sea sancionado por leyes preexistentes al acto que se le imputa, ante un tribunal competente y siguiendo las formas legales.
  • Límites claros: Impide la tipificación de delitos basada en el autor y no en el hecho, prohibiendo normas que persigan a grupos de personas por su identidad o condición.
  • Contraste con el derecho penal de autor: Se contrapone al derecho penal de autor, que valora el hecho a partir de las cualidades y características de la persona, lo cual podría llevar a un mayor poder estatal.

Ejemplos en la práctica:

  • La prohibición de castigar a «vagos» o aquellos «proclives a delinquir» que no han cometido un acto ilícito.
  • La limitación de usar antecedentes penales para graduar la culpabilidad de la persona sentenciada en ciertos sistemas jurídicos, como en México, de acuerdo con la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
  • La no imposición de penas basándose en la idea de que un individuo es inherentemente peligroso, incluso si reincide en sus delitos.