jueves, noviembre 27, 2025

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Categoria: M. PENAL

El «iter victimae» o el «camino de la víctima» importante en victimas de violencia por género

Este camino se estudia analizando los factores predisponentes, preparatorios y desencadenantes que la hacen vulnerable a la victimización

Curso: Técnicas de interrogación en juicio oral penal

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Curso: Medidas cautelares personales

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El precedente constitucional vinculante a partir del análisis de la línea jurisprudencial e identificación del estándar jurisprudencial más alto, sobre el derecho al plazo máximo de duración del proceso

Entendimiento jurisprudencial que determina con relación al cómputo para la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, solo descontar las vacaciones judiciales y no así los días feriados e inhábiles.

La vacación judicial no afecta el cómputo de plazo de la etapa preparatoria

El plazo de los seis meses para la realización de la etapa preparatoria no se interrumpe durante la vacación judicial, dado que, por una parte, la misma está a cargo de un representante del Ministerio Público, a quien no alcanza la vacación antedicha, y, por otra, aún en vacación judicial queda de turno un Juez Cautelar que estará encargado de velar por el desarrollo de esa etapa y el cumplimiento de plazos procesales.

Sobre la facultad del Ministerio Público para emitir requerimientos para sustentar la solicitud de cesación a la detención preventiva, dentro de la etapa de juicio

El fiscal no se encuentra impedido para emitir los requerimientos fundamentados, dando curso a solicitudes que sirvan para recolectar elementos para la petición de cesación a la detención preventiva.

El principio de celeridad en las actuaciones procesales del Ministerio Público

El principio de celeridad, en cuanto a su aplicación exigida al Ministerio Público que asuma conocimiento de una solicitud de requerimiento a efectos de la cesación de la detención preventiva de una persona privada de libertad, debe ser entendido como la actividad procesal que tiene por finalidad realizar las diligencias y actuaciones con la prontitud debida.

Control de legalidad de la etapa preparatoria

Uno de los máximos flagelos de nuestro sistema judicial, en general, y de nuestro sistema procesal penal, en particular, es y ha sido la ausencia de celeridad procesal, en ese sentido, el control jurisdiccional de la etapa investigativa tiene también la función ejercer un control de plazos y cumplimiento de actuaciones eficaces en resguardo no sólo de los derechos sino, también de la persecución penal,

El derecho a la libertad y las condiciones de validez para su restricción

Corresponde al acusador probar y demostrar la concurrencia de esas circunstancias previstas en las normas precedentemente señaladas, no siendo suficiente la mera referencia y presunción de que concurran las mismas, pues por determinación del art. 16-II y 6 del CPP, se presume la inocencia del encausado mientras no se pruebe su culpabilidad.

Trámite procesal de la apelación incidental de una medida cautelar

Es un acto dilatorio cuando nterpuesto el recurso de apelación contra la resolución que rechaza la solicitud de cesación de detención preventiva, los antecedentes de la apelación no son remitidos por el juez a quo dentro del plazo legal de veinticuatro horas establecido por el art. 251 del CPP -salvo justificación razonable y fundada ante el tribunal de apelación, o se imprima un procedimiento o exigencias al margen de la leyˊ
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