Confesión formulada por el demandado en presencia del magistrado en la fase in iure del procedimiento de las legis actions per formulam. En época de las legis actiones, si se operaba con ocasión del ejercicio de la sacramento in rem, suponía una in iure cessio; en los demás casos se equiparaba a la sentencia, procediéndose a continuación por la vía ejecutiva.
Lo mismo ocurre en el per formulam, y en el extraordinario la confesión plena produce la finalización del proceso.