viernes, noviembre 7, 2025
spot_imgspot_img
InicioNOTICIASGobierno plantea incorporar el delito de "Golpe de Estado" en el Código...

Gobierno plantea incorporar el delito de «Golpe de Estado» en el Código Penal

El TCP emitió un voto aclaratorio en el que exhorta a la Asamblea Legislativa trabajar en un nuevo tipo penal que reemplace al delito de sedición que fue declarado inconstitucional.

Ante la eliminación del delito de sedición en el ordenamiento jurídico del país, que dictó el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), el Gobierno apunta a incorporar el delito de “Golpe de estado” al Código Penal, en reemplazo al anterior tipo penal. Además, con el fin de sancionar a quienes intenten interrumpir un “régimen democrático”.

El ministro de Justicia, Iván Lima, manifestó que la Asamblea Legislativa debe trabajar en un proyecto de ley para efectuar la recomendación que hizo el TCP de generar un nuevo tipo penal que reemplace al delito de sedición. Afirmó que desde esa cartera de Estado se impulsará esa tarea.

“Yo estoy pensando que tiene que haber un delito de Golpe de estado, un delito que sancione a quien interrumpe la democracia y lo hace dolosamente como ha ocurrido hasta la fecha. Es momento que, a partir de esta decisión del tribunal de expulsar a la sedición del ordenamiento jurídico, la Asamblea Legislativa trabaje en un delito que tipifique los golpes de estado y sancione con una medida penal adecuada”, aseguró la autoridad en contacto con los medios estatales.

ViaANF
Solo Derecho
Solo Derechohttp://www.soloderecho.com.bo
Solo Derecho, es una página jurídica de Bolivia con información relevante para estudiantes, jueces, vocales, magistrados, fiscales, asistentes, procuradores y litigantes en general; con enlaces, doctrina, jurisprudencia y noticias del area jurídica.

DEJA UNA RESPUESTA

¡Por favor, introduce tu comentario!
Por favor, introduzca su nombre aquí.

- Advertisment -
Google search engine

Noticias

Jurisprudencia

Sobre el rechazo de querella

0
El rechazo de denuncia, querella o actuaciones policiales al ser un supuesto alternativo a la imputación formal; debe pronunciarse sobre el resultado de la investigación; lo que significa que los supuestos que dan lugar al rechazo de la denuncia o querella no pueden estar sustentados bajo el argumento de que la víctima no aportó la prueba suficiente ni los elementos necesarios para individualizar a los imputados o para establecer suficientes indicios de responsabilidad, toda vez que si bien la víctima puede promover la acción penal mediante querella e intervenir en el proceso; sin embargo, el desarrollo de las actuaciones policiales y la dirección de la investigación no puede depender de la actuación de la víctima, sino en la efectiva dirección del proceso por parte del Fiscal en la investigación, bajo cuya conducción la actuación policial debe desarrollarse con la realización de las diligencias y actuaciones orientadas a la individualización de los presuntos autores y partícipes del delito, así como la recolección de todos los indicios relacionados con el hecho denunciado,