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miércoles, enero 15, 2025

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acusado absuelto

Puede modificar la situación del acusado absuelto a condenado y viceversa, siempre y cuando no significa revalorizar ni modificar los hechos probados

Este Tribunal entiende que no siempre la modificación de la situación jurídica del imputado implica un descenso al examen de la prueba y a los hechos per se, pues ello no sucede cuando lo que se discute en esencia no son los hechos establecidos por el juzgador

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