La Policía Nacional como institución que tiene la atribución de la defensa de la sociedad y la conservación del orden público, se encuentran obligados a cumplir con las ordenes emanadas de autoridades competentes, siempre que las mismas no contradigan las normas constitucionales, y principalmente no se encuentren en colisión con el ejercicio de los derechos fundamentales de los habitantes, por lo que toda orden que tenga la finalidad de resguardar el orden público y al defensa de la sociedad, debe ser ejecutada, primero realizando un análisis de que la medida a ejecutarse no vaya en contra de los derechos fundamentales, y segundo la materialización de las normas dispuestas por las autoridades competentes en el marco de sus atribuciones determinadas por el citado art. 7 de la LOPN.
El juez de instrucción penal es la autoridad judicial encargada del control jurisdiccional de la investigación, desde los actos iniciales hasta la conclusión de la etapa preparatoria, siendo también, llamada por ley para atender cualquier denuncia de vulneración de derechos fundamentales y garantías constitucionales durante esta etapa.
El juez de Guaqui, Ramiro Caritas, decidió este martes la prisión preventiva de los cinco efectivos policiales, sindicados de presuntos hechos delictivos relativos a una balacera con dos muertes en Desaguadero.
El 22 de enero de 2021 (feriado) destrozaron muros e ingresaron pretendiendo instalarse, la Policía los desalojó porque, obviamente, no tenían títulos de propiedad. Sin embargo, 11 meses después, el 24 de diciembre (navidad), 150 delincuentes regresaron e invadieron el terreno, esta vez ostentaban documentos de una supuesta titularidad, ¿cómo los obtuvieron?
Luego de que se hizo viral un video en el que se ve a un grupo de policías maniatando al chofer de un taxi, el responsable de Tránsito afirmó que la violenta forma de actuar de los uniformados se generó porque el conductor de resistió al arresto.
“Yo soy bastante inteligente para ustedes, por no decir que son muy burros, es mejor decir que soy más inteligente. No subestimo a la Policía, pero a la boliviana sí, ustedes saben que, si abro mi boquita, se les complica”.
De las normas glosadas y de la jurisprudencia constitucional, interamericana y comparada, resulta razonable precisar los elementos que se deben ser analizados por un agente de la ley en Bolivia a momento de utilizar la fuerza pública y las armas de fuego.