11.4 C
La Paz
jueves, marzo 13, 2025

CATEGORY

M. PENAL

Sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones emitidas por el Ministerio Público; alcance y efecto de una ratificatoria de sobreseimiento

Las resoluciones no sólo deberán circunscribirse a relatar lo expuesto por las partes sino también citar las pruebas que aportaron las partes, exponer su criterio sobre el valor que le dan a las mismas luego del contraste y valoración que hagan de ellas dando aplicación a las normas jurídicas aplicables para finalmente resolver.

El riesgo procesal de peligro efectivo para la sociedad, debe probarse con elementos materiales

El peligro efectivo, encuentra justificación en la necesidad de imponer medidas de seguridad a las personas que hubieran sido encontradas culpables de un delito anterior, pero no le sindica como culpable del ilícito concreto que se le imputa

La resolución que concede la suspensión condicional de la pena, debe disponer también la libertad del beneficiado

La libertad del condenado, no puede estar sujeto a la ejecutoria de la sentencia, de modo que, tal como sostuvo la jurisprudencia constitucional, la libertad del condenado debe hacerse efectiva tan pronto como se adoptó el beneficio.

El juez cautelar no puede emitir una segunda conminatoria al Fiscal de Materia

El juez no puede emitir una nueva conminatoria y otorgar un nuevo plazo para que el fiscal de materia emita un requerimiento conclusivo por no estar contemplado en la norma

Garantías que el derecho penal reconoce a la víctima y no así al denunciante

Se considera víctima a la persona directamente ofendida por el delito, la que puede participar en el proceso como querellante, pero aun cuando no hubiere participado en el proceso en tal calidad, es obligación del Fiscal, Juez o tribunal y bajo su responsabilidad, informarle sobre el resultado de las investigaciones y el proceso. En cambio, no es obligación ni responsabilidad del Fiscal ni del juez informar sobre el resultado de las investigaciones ni del proceso como tampoco la existencia de alguna decisión que implique la extinción de la acción penal a las personas que tengan la condición de denunciantes.

Medidas cautelares, detención domiciliaria con escolta policial

Para efectivizar la detención domiciliaria, la carencia de efectivos policiales no se encuentra determinado como causal para la no ejecución de la medida cautelar

Efectos de la presentación espontanea del investigado

La presencia del declarante no es para la presentación del memorial sino para su declaración; además los representantes del Ministerio Público, la Policía Nacional y el órgano jurisdiccional, no están supeditados al tiempo que disponen los abogados litigantes, sabiendo que hay plazos procesales establecidos en el ordenamiento legal.

Procedimientos y normas propias de las NPIOC se aplican como parte de su propia existencia y reconocimiento de la plurinacionalidad

En esas decisiones se tendrán debidamente en consideración las costumbres, las tradiciones, las normas y los sistemas jurídicos de los pueblos indígenas interesados y las normas internacionales de derechos humanos

Latest news