La desheredación, la declaración de indignidad y la revocación de adopción, esta última inexistente en la nueva normativa que regula el instituto de la adopción, son tres institutos diferentes pero que, sin embargo, comparten causales para su procedencia y tienen un fin común que es la exclusión de la sucesión de uno o más herederos .
En su dimensión normativa, la preclusión se halla prevista en el art. 16 de la Ley del Órgano Judicial, en cuyo texto se describe taxativamente que la preclusión opera a la conclusión y vencimiento de los plazos procesales.
El quebrantamiento de los preceptos relativos a los diversos requisitos formales de cada testamento tiene, en principio, una sola y extrema sanción: la nulidad absoluta
En el marco del caso consorcio, el exministro de Justicia, César Siles, y el exvocal judicial Yván Córdova han suscrito un acuerdo con la víctima, la magistrada Fanny Coaquira, con lo cual solicitaron a la Fiscalía rebajar su calificación penal y así ser apartados del proceso.
En el marco del caso consorcio, el exministro de Justicia, César Siles, y el exvocal judicial Yván Córdova han suscrito un acuerdo con la víctima, la magistrada Fanny Coaquira, con lo cual solicitaron a la Fiscalía rebajar su calificación penal y así ser apartados del proceso.
En el marco del caso consorcio, el exministro de Justicia, César Siles, y el exvocal judicial Yván Córdova han suscrito un acuerdo con la víctima, la magistrada Fanny Coaquira, con lo cual solicitaron a la Fiscalía rebajar su calificación penal y así ser apartados del proceso.
El Fiscal General advirtió que no puede haber una doble investigación en contra de Morales sobre trata de personas, aunque dejó la decisión en manos de la Fiscalía de La Paz, y recordó que ya existe una orden de aprehensión por este delito
La denuncia describe una “organización criminal”, integrada por exautoridades y exfuncionarios públicos que garantizaban la logística, el traslado y el encubrimiento de encuentros íntimos de Morales y su víctima
Si el Presidente viaja en una misión oficial, sea para firmar acuerdos o pactos o representar al país en actos oficiales, está ejerciendo esa función fuera del territorio, y sus actos llevan la fe del Estado. No sería jurídicamente válido que el mismo estampe su firma como Presidente, pero antes de su viaje se haya despojado de ese cargo y haya entregado el mismo al Vicepresidente y como consecuencia de ello, dentro del territorio boliviano el Vicepresidente esté actuando como Presidente.
La polémica que surgió en ámbitos políticos y jurídicos tras la promulgación del Decreto 5515 mostró una coincidencia: es fruto del divorcio político entre el presidente Rodrigo Paz y el vicepresidente Edmand Lara. La gran diferencia es si esa norma es constitucional. La única instancia que puede definir es el Tribunal Constitucional,
El Vicepresidente indicó que “los mismos de siempre continúan en la Policía”; por lo que aseguró sentirse decepcionado por la nueva autoridad policial.