La Convención Americana de Derechos Humanos, establece que solo los Estados Partes y la Comisión tienen derecho a someter un caso a la decisión de la Corte; por lo tanto, los individuos u organizaciones que consideren que existe una situación violatoria de las disposiciones de la Convención y deseen acudir al Sistema Interamericano, deben dirigir sus denuncias a la Comisión Interamericana, la cual es competente para conocer peticiones que le presente cualquier persona o grupo de personas, o entidad no gubernamental legalmente reconocida que contengan.
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