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Detectan 17 anomalías en el actuar del Ministerio Público frente a casos de feminicidio

De acuerdo al control realizado por la Comisión, el informe de la Fiscalía General del Estado refleja que 255 casos fueron rechazados y sobreseídos, los cuales concluyeron en el Ministerio Público y no continuaron como corresponde.

De las funciones especiales desarrolladas por el Ministerio Publico en el marco de la Ley N° 348, la cual ha declarado que los casos de feminicidio deben ser resueltos con prioridad, la Comisión Especial Mixta de Investigación sobre la retardación de casos de feminicidios en la legislatura 2020-2021, luego de denuncias recibidas, detectó al menos 17 irregularidades que entorpecen el avance de los procesos.

El incumplimiento de continuidad e interrumpido de las audiencias de juicio oral es una de las irregularidades cometidas por el Ministerio Público y como consecuencia se suspenden las audiencias por más de una semana y en algunos casos por meses.

Otros factores de retardación son el error de notificaciones y el desconocimiento de las causas penales por los funcionarios, así como la demora en la notificación con los actos preparatorios para el juicio oral, según las conclusiones de la Comisión.

También están la falta de piezas procesales en los cuadernos de control de investigación, falta de emisión de conminatorias, falta de remisión a tribunales de sentencia para dar inicio a la etapa de juicio oral, falta de celeridad en la resolución de incidentes procesales, demora en la instalación de audiencias virtuales generando duda en la realización de las audiencias, incumplimiento de medidas necesarias para evitar la revictimización, entre otros.

Otra observación es la diferencia sobre el número de feminicidios a nivel nacional y el estado de los procesos que tienen la Fiscalía General del Estado y la FELC-V (Fuerza Especial de Lucha contra la Violencia) por lo que sugiere “trabajar en cooperación para evitar confusiones en los datos”.

De acuerdo al control realizado por la Comisión, el informe de la Fiscalía General del Estado refleja que 255 casos fueron rechazados y sobreseídos, los cuales concluyeron en el Ministerio Público y no continuaron como corresponde.

De acuerdo al detalle: 33 casos fueron extinguidos por muerte del imputado y los casos de feminicidios que no fueron investigados; 9 casos fueron recalificados en la etapa de juicio oral a otros tipos penales los cuales no fueron sancionados como feminicidios, si no que estuvieron favorecidos con penas menores; 209 casos de feminicidios se encuentran abiertos, desde la gestión 2013 a la gestión 2019, evidenciándose el “incumplimiento del artículo 133 del código de procedimiento penal”.

De la gestión 2013 a la gestión 2021, señala la Comisión, existen 316 casos con sentencia, sea en juicio oral y contradictorio o procedimiento abreviado.

Respecto a la cantidad de funcionarios para atender estos casos, el Ministerio Público cuenta con 575 fiscales, de los cuales 83 son los especializados en ley N° 348 frente a 992 casos de feminicidios, “situación que debe ser considerada para determinar los factores por los cuales existen casos de feminicidios pendientes de resolución”.e las funciones especiales desarrolladas por el Ministerio Publico en el marco de la Ley N° 348, la cual ha declarado que los casos de feminicidio deben ser resueltos con prioridad, la Comisión Especial Mixta de Investigación sobre la retardación de casos de feminicidios en la legislatura 2020-2021, luego de denuncias recibidas, detectó al menos 17 irregularidades que entorpecen el avance de los procesos.

El incumplimiento de continuidad e interrumpido de las audiencias de juicio oral es una de las irregularidades cometidas por el Ministerio Público y como consecuencia se suspenden las audiencias por más de una semana y en algunos casos por meses.

Otros factores de retardación son el error de notificaciones y el desconocimiento de las causas penales por los funcionarios, así como la demora en la notificación con los actos preparatorios para el juicio oral, según las conclusiones de la Comisión.

También están la falta de piezas procesales en los cuadernos de control de investigación, falta de emisión de conminatorias, falta de remisión a tribunales de sentencia para dar inicio a la etapa de juicio oral, falta de celeridad en la resolución de incidentes procesales, demora en la instalación de audiencias virtuales generando duda en la realización de las audiencias, incumplimiento de medidas necesarias para evitar la revictimización, entre otros.

Otra observación es la diferencia sobre el número de feminicidios a nivel nacional y el estado de los procesos que tienen la Fiscalía General del Estado y la FELC-V (Fuerza Especial de Lucha contra la Violencia) por lo que sugiere “trabajar en cooperación para evitar confusiones en los datos”.

De acuerdo al control realizado por la Comisión, el informe de la Fiscalía General del Estado refleja que 255 casos fueron rechazados y sobreseídos, los cuales concluyeron en el Ministerio Público y no continuaron como corresponde.

De acuerdo al detalle: 33 casos fueron extinguidos por muerte del imputado y los casos de feminicidios que no fueron investigados; 9 casos fueron recalificados en la etapa de juicio oral a otros tipos penales los cuales no fueron sancionados como feminicidios, si no que estuvieron favorecidos con penas menores; 209 casos de feminicidios se encuentran abiertos, desde la gestión 2013 a la gestión 2019, evidenciándose el “incumplimiento del artículo 133 del código de procedimiento penal”.

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