viernes, febrero 6, 2026

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El Derecho de las mujeres a vivir libres de violencia

Ahora bien, la forma extrema de violencia contra las mujeres es aquella que la desprecia como ser debido a sus características fisiológicas, por lo que representa lo denominado en la doctrina como feminicidio,ssccs y que está referido a la violencia extrema por el sólo hecho de ser mujer,dicho término, aún debatido en la doctrina, se traduce en algunos países en el nomen iuris de un tipo penal pero se utiliza también para referir y abarcar a un abanico de conductas violentas hacia las mujeres por el hecho de ser mujeres que provocan o puede provocar la muerte de la misma, sea por acción o inclusive al ocasionar que la misma se suicide (v. gr. violencia doméstica reiterada) pero a efectos de la presente Sentencia se hará referencia a feminicidio en un sentido lato, es decir, como un proceso de conductas y omisiones que desconocen la condición de las mujeres y pueden provocar su muerte.

En este sentido, pese al esfuerzo legislativo para erradicar la violencia contra las mujeres traducido en la Ley de Lucha contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación; la Ley de Seguridad Ciudadana y de Consumo de Bebidas Alcohólicas, la Ley contra el Acoso Político, la Ley contra la Trata y el Tráfico de Personas, en materia penal específicamente en las instituciones que luchan contra el delito, se denota falta de políticas públicas claras en la materia y que se traduce en el comportamiento de los operadores de justicia y lucha contra el delito.

Lo anterior puede advertirse del contenido del Informe Defensorial sobre Feminicidio en Bolivia de 12 de octubre de 2012, de la Defensoría del Pueblo de Bolivia que observó entre las causas de impunidad en el aspecto institucional:
“1. Precariedad y desorganización en los sistemas de registros sobre incidentes, violencia contra la mujer y casos de feminicidio.
2. Carencias de recursos humanos, financieros y técnicos que afectan gravemente la investigación, el juzgamiento y la sanción de casos de feminicidio.
3. Insuficientes medidas de protección de mujeres que acudieron previamente, al sistema de justicia y terminaron víctimas de feminicidio.
4. Uso de la conciliación en delitos de violencia contra las mujeres, como una de las entradas para el feminicidio”.

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SCP Nro. 33/2013; Sucre, 4 de enero de 2013

La información sobre procesos judiciales y las redes sociales

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La experiencia muestra que gran parte de la información difundida puede provenir de comunicadores profesionales contratados. Frente a esta realidad, la solución no radica en restringir la información sobre los procesos judiciales -lo que incrementaría la especulación y el desprestigio institucional-, sino en fortalecer la transparencia.

La carga procesal que tiene la parte apelante ante la denuncia de defectuosa valoración...

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Es obligación de quien interpone un recurso en la inobservancia de las reglas de la sana critica, señalar las partes de la Sentencia donde constarían los errores lógico-jurídicos proporcionando, además, la solución que pretende en base a un análisis lógico explícito a fin de que el Tribunal de alzada, pueda verificar y efectuar un análisis respecto a la valoración de la prueba.

La demora en la efectivización de la detención domiciliaria dispuesta por la autoridad jurisdiccional...

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excusar el cumplimiento de condiciones mínimas para el ejercicio de los derechos bajo el alegato de la falta de recursos económicos de un sector poblacional, como lo es la privada de libertad implicaría dispensar el ejercicio de los otros derechos con el mismo razonamiento por ejemplo los derechos de la personas adultas mayores, los derechos de los niños, los derechos de las personas con discapacidad, etc. aspecto que resulta intolerable en un ‘Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario…’
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El Dr. Ramiro Carrillo A., es un profesional abogado de Bolivia cuya especialidad radica en materia constitucional, penal, civil, administrativo, mujer, niñez y adolescencia ademas de ser asesor en diferentes instituciones públicas y privadas; su mayor aporte a la ciencia del derecho radica en dar seminarios, clases, diplomados en diferentes instituciones educativas.