domingo, diciembre 7, 2025

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Fiscalía imputa por feminicidio a la pareja de una mujer que cayó de un edificio

Según testigos, una discusión, presuntamente motivada por celos, escaló en una pelea, tras lo cual la mujer cayó a la acera del edificio

El Fiscal Departamental de La Paz, Luis Carlos Torrez, anunció que el Ministerio Público ha imputado formalmente a Gabriel R.Q.V., de 31 años, por el delito de feminicidio. El acusado está señalado por la presunta muerte de su concubina, Heydi N.T.O., de 28 años, quien cayó desde un edificio ubicado en la zona de Sopocachi, en la ciudad de La Paz. Se solicitará su detención preventiva en la sede de San Pedro durante la audiencia de medidas cautelares.

Torrez explicó que la imputación se sustenta en diversos elementos de convicción, entre los que se destacan un acta de acción directa, un muestrario fotográfico y declaraciones de testigos que relataron una discusión y pelea previas al trágico suceso. Además, un certificado médico forense evidenció que el imputado presentaba lesiones en el rostro y el brazo derecho, mientras que la autopsia realizada por el Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF) concluyó que la víctima falleció a causa de un traumatismo cráneo-encefálico abierto, producto de la caída desde altura. «Contamos con suficientes elementos de convicción para sustentar la imputación», declaró el fiscal.

Por su parte, el Fiscal de Delitos Contra la Vida, Carlos Cortez, detalló que el hecho se habría producido el 15 de febrero de 2025, alrededor de las 00:20 horas, en un departamento de un edificio en Sopocachi.

Según testigos, una discusión, presuntamente motivada por celos, escaló en una pelea, tras lo cual la mujer cayó a la acera del edificio. Al llegar la policía, se constató que la víctima yacía en la vía pública sin signos vitales, con evidencias de expulsión de masa encefálica.

El personal de seguridad del edificio indicó que la mujer habría caído desde el cuarto piso, lo que llevó al Ministerio Público a iniciar de oficio la investigación por feminicidio ante los contundentes elementos recabados en contra de la pareja de la víctima.

«ARTICULO 252 bis. (FEMINICIDIO).
Se sancionará con la pena de presidio de treinta (30) años sin derecho a indulto, a quien mate a una mujer, en cualquiera de las siguientes circunstancias:
1. El autor sea o haya sido cónyuge o conviviente de la víctima, esté o haya estado ligada a esta por una análoga relación de afectividad o intimidad, aun sin convivencia;
2. Por haberse negado la victima a establecer con el autor, una relación de pareja, enamoramiento, afectividad o intimidad;
3. Por estar la víctima en situación de embarazo;
4. La víctima que se encuentre en una situación o relación de subordinación o dependencia respecto del autor, o tenga con éste una relación de amistad, laboral o de compañerismo;
5. La víctima se encuentre en una situación de vulnerabilidad;
6. Cuando con anterioridad al hecho de la muerte, la mujer haya sido víctima de violencia física, psicológica, sexual o económica, cometida por el mismo agresor;
7. Cuando el hecho haya sido precedido por un delito contra la libertad individual o la libertad sexual;
8. Cuando la muerte sea conexa al delito de trata o tráfico de personas;
9. Cuando la muerte sea resultado de ritos, desafíos grupales o prácticas culturales.»

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