De su tenor literal se desprende que la disposición se dirige a la totalidad de la administración pública -en todos sus niveles e instituciones- que cumpla funciones relacionadas con la violencia de género. Asimismo, el ámbito funcional de aplicación comprende todo el ciclo de respuesta estatal como acciones preventivas, atención a víctimas, detección de situaciones de violencia, procesamiento de denuncias e investigación de hechos y sanción de los responsables.