Cuando el profesional abogado y su cliente, aun habiendo establecido en la iguala profesional el monto correspondiente a los honorarios a ser reconocidos al abogado por sus servicios profesionales, se debe tomar en cuenta la naturaleza y complejidad del proceso, el resultado obtenido, la calidad, eficacia y extensión del trabajo, la trascendencia jurídica, moral y económica que tuvo el proceso para casos futuros, y la situación económica de las partes, pues sólo de esa manera la norma reglamentaria de los honorarios profesionales de los Colegios de Abogados resulta compatible con los principios de razonabilidad y proporcionalidad, así como con el valor superior de justicia consagrado por la Constitución Política del Estado
El curso se llevará a cabo el día 16 de Enero de 2023, a horas 19:00 p.m. por nuestras redes sociales de Solo Derecho.
Inscripciones: https://forms.gle/9qphgSgHSBrGpN6XA
Mediante Resolución Ministerial N° 120/2022 de fecha 06 de diciembre de 2022, aprueba el “Reglamento de Funcionamiento de los Tribunales de Ética de la Abogacía del Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional” y deja sin efecto la Resolución Ministerial N° 052/2021 de 20 de mayo de 2021 y la Resolución Ministerial 077/2021 de 03 de agosto de 2021.