Funcionarios del Consejo de la Mabistratura de Derechos Reales de la ciudad de El Alto planifican como acabar con la vida del Dr. Ramiro Carrillo A., al haber sacado denuncias de corrupción en esas oficinas.
Para la existencia de un delito, necesariamente debe existir una acción, seguida de un nexo causal que generará un resultado lesivo. En ese sentido, lo esencial es la existencia de un bien razonablemente entendido de origen ilícito, el cual debe ser producto o tener inherencia a una actividad ilícita previa. El resultado del delito previo, viene a ser uno de los elementos normativos del tipo penal, pues ha de tenerse presente que el delito de Legitimación de Ganancias Ilícitas no procura necesariamente de forma primaria castigar hechos ilícitos, sino a través de sus verbos rectores –convertir, transferir, ocultar, encubrir, disimular, adquirir, poseer y utilizar- reprime la responsabilidad del legitimador o lavador.
Cuando un estudiante elabora su proyecto de tesis atraviesa por una serie de dificultades dada la importancia del trabajo, en cuanto a dedicación, esfuerzo y contribución académica. Por tal, es recomendable que no la realice solo, sino que se apoye en un asesor.
Señalan al secretario y a una pasante del Juzgado Tercero Anticorrupción de El Alto, como los supuestos responsables del pedido de dinero y “donaciones” navideñas a cambio de la entrega de resoluciones. La Fiscalía no ha tomado ninguna acción sobre el caso de corrupción.
AUDIO De acuerdo con la denuncia, grabaron a la pasante del auxiliar del juzgado de violencia contra la mujer el momento en que esta justificó, ante las víctimas, el cobro de 1.000 bolivianos y el pedido de productos para los presentes de navidad del personal de ese despacho.
Al menos tres de familiares del agresor declararon que fueron víctimas de violación y abuso sexual cuando eran niños. El acusado tiene 32 años, pero sus abogados argumentan que cuando presuntamente se cometió el delito su cliente era menor de edad, por lo que debe ser juzgado como tal.
Resolución emitida dentro del proceso a instancias del Ministerio Público contra Jeanine Añez Chavez y otros, por la presunta comisión del delito de Genocidio
En el marco del proceso por el Caso Senkata, el Tribunal Cuarto de Sentencia Penal de El Alto se declaró incompetente para juzgar a Jeanine Añez en la vía ordinaria y resolvió que la exmandataria debe ser procesada en un juicio de responsabilidades, porque se la reconoció como presidenta del Estado. Los miembros de dicho tribunal devolvieron el caso al despacho del polémico juez Marco Antonio Amaru.