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miércoles, marzo 12, 2025

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validez del acto procesal

Principios de trascendencia y conservación del acto procesal

En materia de nulidad de obrados, se determina que no exista la nulidad por la nulidad, pues ningún otro vicio o causa que no nazca de la ley, como es el caso de los arts. 166, 169 y 370 del CPP, podrá ser calificado como vicio que da curso a esta nulidad

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