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Tribunal excluye como prueba el comunicado del TCP que avaló sucesión presidencial de Añez

En el Twitter de la exmandataria se lee que la validez de dicho comunicado no se podrá borrar porque es parte de los documentos oficiales del TCP

El Tribunal Primero de Sentencia Anticorrupción excluyó como prueba el comunicado del Tribunal Constitucional Plurinacional sobre la sucesión constitucional de noviembre de 2019, con el que se avaló la asunción de Jeanine Añez a la presidencia.

“El Tribunal sin competencias que juzga ilegalmente a #JeanineAñez excluyó, como prueba de la sucesión constitucional, el Comunicado del @TCPBolivia del 12.11.2019. El Gobierno impuso desconocer un pronunciamiento del Tribunal Constitucional para condenarla y el juzgado acató”, se lee en el Twitter de la exmandataria.

El comunicado del TCP es del mismo 12 de noviembre de 2019, fue emitido horas después que asumiera Añez la presidencia. Es un un documento oficial. Incluso el magistrado de esa institución Gonzalo Hurtado durante la crisis política aseguró que la sucesión de Añez era constitucional por el «vacío» que dejaron las máximas autoridades del Estado.

En ese entonces dijo que el TCP tomó en cuenta la «grave situación política y social» que atravesaba el país, además del «vacío de autoridad» que dejaron la renuncia del presidente (Evo Morales), del vicepresidente (Álvaro García Linera), así como las presidencias de las Cámaras de Diputados y Senadores, que en ese tiempo estaban ocupadas por Adriana Salvatierra y Víctor Borda.

Hurtado hizo referencia al comunicado que emitió el TCP en «procura de contribuir a la pacificación y estabilidad institucional en el país» y precisó que no se requería ni resolución congresal para que la vicepresidencia asuma ipso facto la presidencia.

Añez en el caso “golpe II” es juzgada –precisamente- por haber asumido la presidencia del Estado, que para la Fiscalía y el Gobierno fue ilegal e inconstitucional, porque no se cumplió la sucesión constitucional.

La defensa argumenta que entre el 10 y el 12 de noviembre de 2019 se produjo un “vacío de poder”, luego que Evo Morales, Álvaro García Linera y el resto de autoridades renunciaron.

En otro mensaje en la red social de Añez, señala que no podrán ocultar esa posición que adoptó el TCP. “La validez de prueba presentada por la defensa de #JeanineAñez consta en página oficial del @TCP_bolivia, por más que el Gobierno y el tribunal ilegal quieran negarla, borrarla, omitirla, excluirla del proceso judicial más abusivo y fuera de lugar”.

//NVG//

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Esta sentencia obliga a la Fiscalía a dejar de litigar con base en formalismos. Deberán probar, con pericias y auditorías, una lesión material, real y cuantificable al bien jurídico. Se acabó el "Derecho Penal de la Intención"; comienza el "Derecho Penal del Daño". ​Para los fiscales, será más difícil acusar. Para los jueces, más difícil condenar sin pruebas de un resultado lesivo real. Para los abogados defensores, se nos ha entregado la dogmática más garantista de la historia reciente.

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