viernes, noviembre 7, 2025
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Magistratura interviene los 21 juzgados disciplinarios tras detectar retardación y ‘aberraciones’

El Consejo de la Magistratura informó que desde este miércoles ha dispuesto la intervención de los 21 juzgados disciplinarios que existen en el país, debido a que se han encontrado casos de “aberraciones” en sus decisiones y retardación.

El Consejo de la Magistratura informó que desde este miércoles ha dispuesto la intervención de los 21 juzgados disciplinarios que existen en el país, debido a que se han encontrado casos de “aberraciones” en sus decisiones y retardación.

Los juzgados disciplinarios son aquellos donde se procesan las denuncias contra jueces y otros funcionarios del Órgano Judicial.

El presidente del Consejo de la Magistratura, Marvin Molina, indicó que jueces disciplinarios ineficientes “tardan lo que les da la gana” en los procesos, incluso más allá del plazo previsto por la ley 025.

Asimismo, indicó que se han encontrado casos “aberrantes”, como de denuncias contra secretarios de juzgados que tardan dos o tres años en resolverse, cuando los denunciados ya pasaron a ser jueces y recién reciben sanciones de suspensión sin goce de haberes.

Señaló que este tipo de casos son demasiado irregulares y no quieren pensar que sean sólo casuales, puesto que incluso derivan en la paralización de procesos judiciales.

Otro hallazgo es que entre 2018 y 2022, en Santa Cruz y Tarija no hubo ningún destituido por los juzgados disciplinarios y que en Cochabamba sólo una secretaria fue echada del cargo, mientras que en La Paz se destituyó a 11 jueces, siete secretarios y otros funcionarios.

“¿Qué quiere decir eso? ¿En Santa Cruz no existe faltas gravísimas, en Cochabamba tampoco, en Tarija tampoco? Lo cual es obviamente falso”, consideró el presidente de la Magistratura.

Molina observó también que, en más de 10 años de existencia, no se haya realizado algún tipo de control y fiscalización a estos juzgados. “Es dibujo libre lo que hacen estos compañeros y compañeras”, agregó.

Tomando en cuenta esos elementos, se determinó la intervención de los juzgados disciplinarios, la cual duraría una semana.

“Algo está ocurriendo y eso lo vamos a indagar. Vamos también a investigar la relación entre las denuncias presentadas con las resoluciones que se emiten”, agregó Molina, quien destaco que éste también es un instrumento para transparentar la gestión.

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Sobre el rechazo de querella

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El rechazo de denuncia, querella o actuaciones policiales al ser un supuesto alternativo a la imputación formal; debe pronunciarse sobre el resultado de la investigación; lo que significa que los supuestos que dan lugar al rechazo de la denuncia o querella no pueden estar sustentados bajo el argumento de que la víctima no aportó la prueba suficiente ni los elementos necesarios para individualizar a los imputados o para establecer suficientes indicios de responsabilidad, toda vez que si bien la víctima puede promover la acción penal mediante querella e intervenir en el proceso; sin embargo, el desarrollo de las actuaciones policiales y la dirección de la investigación no puede depender de la actuación de la víctima, sino en la efectiva dirección del proceso por parte del Fiscal en la investigación, bajo cuya conducción la actuación policial debe desarrollarse con la realización de las diligencias y actuaciones orientadas a la individualización de los presuntos autores y partícipes del delito, así como la recolección de todos los indicios relacionados con el hecho denunciado,