martes, noviembre 18, 2025

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Categoria: Jurisprudencia civil

Las comunicaciones procesales y su vinculatoriedad con el debido proceso y el ejercicio del derecho a la defensa

La tramitación de los procesos judiciales o administrativos se desarrollen revestidos de las garantías del debido proceso; y dentro de ello, que el amplio e irrestricto derecho a la defensa no se constituya en un enunciado lirico y meramente formal sino que tenga plena eficacia material en la sustanciación de los procesos, finalidad que no se cumple si las resoluciones judiciales no llegan a su destinatario y el medio idóneo es precisamente las comunicaciones judiciales, pues el objeto de estas comunicaciones es precisamente que las partes y en su caso terceros, tengan conocimiento del actuado procesal en cuestión

El pago de lo indebido

La acción de pago de lo indebido supone la realización de un acto jurídico que persigue el cumplimiento de una obligación, cuyos elementos son: los sujetos (solvens, y accipiens), el objeto (aquello que se paga), y la causa, entendida como una deuda anterior que se constituye en el antecedente del pago efectuado al pago con el fin de extinguir la deuda.

Respecto a la venta de bienes inmuebles entre padres a hijos

No es procedente plantear nulidad de la transferencia de inmuebles de padres a hijos con el argumento de que se hubiera afectado la Legítima de los otros hijos. El titular del bien inmeble tiene total derecho de disposición de sus bienes.

Nulidad de actos procesales

La nulidad procesal consiste en la privación de efectos a los actos procesales que adolecen de algún vicio en sus elementos esenciales y que por ello, carecen de aptitud para cumplir el fin para el que se hallan destinados.

Sobre la cosa juzgada

La cosa juzgada es una institución de relevancia en el ámbito procesal, recogida por la necesidad de establecer la finalización del litigio y en ese mérito evitar luego que se discuta sobre lo decidido nuevamente

En cuanto a los alcances de la responsabilidad civil

Cuando no interviene dolo en el actuar de la persona, de inicio la reparación comprende solo por el daño directo; en cambio, cuando concurre dolo del deudor, la reparación se hace extensible también a lo que sea consecuencia inmediata y directa del daño ocasionado

Del daño emergente y lucro cesante

Daño emergente, es la pérdida sobrevenida al acreedor por culpa u obra del deudor, al no cumplir la obligación, se traduce en la disminución del patrimonio; y Lucro cesante es la ganancia o beneficio que se ha dejado de obtener por obra de otro, perjudicial para los propios intereses.

De las formalidades que debe cumplir el testamento abierto

#SoloDerecho │ #Jurisprudencia │ Los Testamentos abiertos son aquellos en los que el testador declara en presencia del notario y testigos o simplemente ante éstos, su voluntad.

Teoría de los actos propios

La doctrina de los actos propios es un principio general del derecho, fundado en la buena fé, que impone un deber jurídico de respeto y sometimiento a una situación jurídica creada anteriormente por la conducta del mismo sujeto, evitando así la agresión a un interés ajeno y el daño consiguiente.

Naturaleza jurídica de las nulidades procesales

#Jurisprudencia │ La nulidad procesal consiste en la privación de efectos a los actos procesales que adolecen de algún vicio en sus elementos esenciales y que por ello, carecen de aptitud para cumplir el fin para el que se hallan destinados.
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