martes, noviembre 25, 2025

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Categoria: Jurisprudencia civil

Las comunicaciones procesales y su vinculatoriedad con el debido proceso y el ejercicio del derecho a la defensa

La tramitación de los procesos judiciales o administrativos se desarrollen revestidos de las garantías del debido proceso; y dentro de ello, que el amplio e irrestricto derecho a la defensa no se constituya en un enunciado lirico y meramente formal sino que tenga plena eficacia material en la sustanciación de los procesos, finalidad que no se cumple si las resoluciones judiciales no llegan a su destinatario y el medio idóneo es precisamente las comunicaciones judiciales, pues el objeto de estas comunicaciones es precisamente que las partes y en su caso terceros, tengan conocimiento del actuado procesal en cuestión

La presentación de documentos de fecha posterior, o si son anteriores bajo juramento de no haber sido conocidas antes por el actor

Después de interpuesta la demanda, solo admite la presentación de documentos de fecha posterior a la demanda, o si son anteriores bajo juramento de no haber sido conocidas antes por el actor bajo juramento de reciente obtención.

El incumplimiento de la obligación es causal de resolución o cumplimiento de obligación, pero no de nulidad del acto

El incumplimiento de las obligaciones o prestaciones no configura de ninguna manera una causa de nulidad que afecte a la estructura del acto

Naturaleza jurídica de la prueba trasladada

Para que la prueba traslada opere debe ser ratificada en el otro proceso, haber intervenido también las mismas partes y haberse producido la prueba trasladada por una de las partes.

La falsificación del acto jurídico como causal de nulidad

No puede considerarse como causal de anulabilidad sujeto a convalidación un acto reprochable de ilícito como es la falsedad

Del objeto y la causa del contrato

La causa es independiente de la voluntad de los contratantes y es distinta del motivo, pues solo tiene relevancia la causa final

Pérdida de competencia de las autoridades judiciales al dictar su resolución fuera de plazo

Resulta contrario a la garantía a una justicia pronta, oportuna y sin dilaciones, que los tribunales de segunda instancia o el de casación, de oficio o a pedido de parte, anulen una Sentencia dictada fuera del plazo legal

En relación a la ordinarización del proceso ejecutivo

La ordinarización del proceso ejecutivo inclusive se abre a la posibilidad de atacar la validez del título, línea que no obstante, en el caso de autos, en nada cambiará la resolución recurrida en vista de que los recurrentes no atacaron o cuestionaron la validez del documento que ha servido de base para la ejecución, fundamentando una supuesta falsedad de su contenido y de sus firmas que vician el consentimiento, y porque el precio estipulado es irrisorio al valor real

Sobre el principio del “Per saltum”

#Jurisprudencia │ Los argumentos expuestos en casación nunca merecieron pronunciamiento en el Auto de Vista por los motivos descritos, motivo por el cual los mismos no merecen consideración alguna en aplicación del principio del “per saltum”

Respecto a la Teoría de los actos propios

La doctrina de los actos propios es un principio general del derecho
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