Finalmente, afirma que su conducta procesal fue diligente y que no realizó actos dilatorios. Ninguna autoridad judicial lo declaró rebelde ni señaló conducta obstructiva. Por tanto, la demora no puede atribuírsele.
En síntesis, el proceso ha superado de manera objetiva el plazo máximo de tres años sin Sentencia ejecutoriada; no concurrieron causales de suspensión o interrupción; las dilaciones fueron generadas por autoridades judiciales y el Ministerio Público; el caso carece de complejidad; y el imputado mantuvo conducta procesal correcta. En consecuencia, solicita se declare probada la excepción de extinción de la acción penal por vencimiento del plazo máximo de duración del proceso, conforme prescribe al art. 133 del CPP.
El recurso de reposición constituye un mecanismo que permite al juez revisar y reconsiderar su propia actuación, brindando una respuesta pronta dentro del mismo ámbito jurisdiccional. Su utilización previa materializa el principio de economía procesal, al evitar la activación innecesaria del control constitucional, y refuerza la autorresponsabilidad judicial en la dirección del proceso.
En el entendido de que la Ley 348, es de aplicación preferente respecto a cualquier otra norma para los delitos tipificados en la misma, debe tenerse presente que con relación al dictamen médico que respalde una solicitud del beneficio de detención domiciliaria en ejecución de sentencia en casos vinculados a los delitos de violencia de género, éste debe ser obligatoriamente homologado por médico forense del IDIF
Paz también se reunió con el presidente electo de Chile, José Antonio Kast; el presidente de Honduras, Nasry Asfura; y con el secretario de Estado de Estados Unidos, Marco Rubio.
El centro de reinserción Qalauma, ubicado en Viacha, fue creado en 2011 para jóvenes de 16 a 21 años, con capacidad inicial para 150. Luis Arce, con 62 años, no encaja en ninguno de los criterios legales para ingresar a este centro, asegura el abogado Martín Camacho
El ministro de Gobierno, Marco Antonio Oviedo Huerta, informó este miércoles que el expresidente Luis Arce es acusado de al menos cinco delitos y que el daño económico al Estado es de Bs 360 millones en el Fondo Indígena
El ministro Marco Oviedo explicó que las irregularidades investigadas datan de cuando Arce era ministro de Economía, por lo que debe someterse a la justicia ordinaria
El jurista Eduardo León indicó que, en 2010, el exmandatario autorizó en Tarija que los montos de los programas del fondo fueran transferidos a cuentas personales, entre otros.
La disposición camaral surge a raíz de la fuga de exautoridades del gobierno de Arce Catacora, como el expresidente de la estatal YPFB, Armin Dorgathen; y el exgerente de Emapa, Franklin Flores.