La SCP 0235/2017-S2 asumiendo el entendimiento de la SCP 0632/2012 de 23 de julio, estableció que: “‘…Muy brevemente tercero es el que interviene en el proceso; empero, cuando es admitido en el proceso, deja de ser tercero para convertirse en parte del proceso, por tener algún interés en la pretensión objeto del proceso.
Mientras que el tercerista, es la persona que no tiene ningún interés en la pretensión del proceso, y sólo ingresa al juicio, para solicitar un desembargo o la preferencia del pago, y una vez conseguido su objetivo sale del proceso, empero jamás se convierte en parte del proceso’ (CASTELLANOS TRIGO, Gonzalo. `Análisis Doctrinal y Jurisprudencial del Código de Procedimiento Civil Boliviano´. Primera Edición. Tarija: Talleres Gráficos Gaviota del Sur S.R.L., pág. 405 y vta.).
El proceso sólo comprende a los que en él intervienen como actor o demandado, en principio, y únicamente a ellos aprovecha o perjudica la sentencia; pero las relaciones jurídicas son tan complejas que, con frecuencia, la litis afecta derechos de terceros que se ven así vinculados a un proceso en el que no han intervenido y de cuya sentencia; no obstante, puede derivarles un perjuicio” (las negrillas nos corresponden).