lunes, diciembre 8, 2025

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Etiqueta: 348

La antinomia entre el Código de Procedimiento Penal y la Ley 348

Un mandato imperativo tendiente a la erradicación de la violencia contra las mujeres, estableciendo como obligación subyacente, la de actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer, en aquellos delitos que contienen hechos de violencia contra las mujeres, que comprometen su vida e integridad sexual, entre los cuales, estarían inmersos los tipos penales de feminicidio, homicidio, suicidio, aborto forzado, lesiones gravísimas, violación, abuso sexual, acoso sexual, actos sexuales abusivos, padecimientos sexuales, incumplimiento de deberes de protección a mujeres en situación de violencia

Las normas especiales de la Ley 348, aplicables en los procesos judiciales y administrativos por hechos de violencia en razón de género

El Estado tiene la obligación de actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer; debida diligencia que, en la labor de investigación, se traduce en la investigación de oficio de los hechos de violencia hacia las mujeres, la celeridad en su actuación, la protección inmediata a la misma, la prohibición de revictimización y que la carga de la prueba corresponde al Ministerio Público y no a la víctima.

Bartolinas afirman que propuesta de reforma a la ley 348 apunta a empoderar a la mujer

Este martes la organización de las Bartolinas presentó un anteproyecto de ley, el presidente Arce se comprometió a enviarlo a la ALP

2022 Año de la revolusción cultural para la despatriarcalización: por una vida libre de violencia contra las mujeres

DECRETO SUPREMO Nro. 4650 LUIS ALBERTO ARCE CATACORA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA CONSIDERANDO: Que el Parágrafo II del Artículo 8 de la Constitución Política del...

Sobre la prohibición de conciliar en casos de niñas, niños o adolescentes víctimas de violencia

Como parte de la política pública del Estado Plurinacional de Bolivia, dirigida a la prevención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres, la Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia, dispone la prohibición de conciliar cualquier hecho de violencia contra las mujeres, que comprometa su vida o su integridad sexual
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