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jueves, abril 3, 2025

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CIDH: Defensor de Oficio debe garantizar una defensa técnica eficaz

Se considera una mala defensa tecnica del defensor de oficio, cuando a) No desplegar una mínima actividad probatoria. b) Inactividad argumentativa a favor de los intereses del imputado. c) Carencia de conocimiento técnico jurídico del proceso penal. d) Falta de interposición de recursos en detrimento de los derechos del imputado. e) Indebida fundamentación de los recursos interpuestos. f) Abandono de la defensa.

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