La pericia es un medio de prueba imprescindible en delitos en los que se alegue falsedad o cuya licitud o ilicitud dependa de un estudio científico especializado que determine la existencia cierta de la conducta antijurídica que se adecue al tipo penal.
El forjado del documento falso o adulterado, está dirigido a castigar la conducta de agentes que no han intervenido en la elaboración del documento falso, pero que hacen uso de él, de ahí que no puede existir concurso de los delitos de falsedad (sea material o ideológica) con el uso de dicho documento.
En concurso de los delitos de falsedad (sea material o ideológica) con el uso de dicho documento, es sancionar la conducta del agente que labró el documento, no le alcanza el tipo penal de Uso de instrumento falsificado.
El delito de Falsedad Ideológica se configura en el momento que una persona inserta o hace insertar declaraciones falsas en un instrumento público, es decir, el hecho de que algunas firmas no le correspondan al imputado, no puede considerarse una declaración falsa.