La adquisición de 6 vagonetas adicionales que no estaban contempladas en el POA y el PAC del presupuesto de la gestión 2006; y, que tampoco se hizo conocer oportunamente esa decisión al superior jerárquico como establece el art. 63 del DS Nº 23318-A de 3 de noviembre de 1992, constituyen un gasto extra presupuestario considerándose el mismo como uso indebido de los recursos y por ende no son reconocidos como obligación del Estado.