Carlos Ángel Quisbert Fernández es egresado de la carrera de Comunicación de la Universidad Mayor de San Andrés. Ejerce el oficio del periodismo desde 2010. Inició como fotoperiodista y posteriormente como redactor del área cultural.
Luego de que se hizo viral un video en el que se ve a un grupo de policías maniatando al chofer de un taxi, el responsable de Tránsito afirmó que la violenta forma de actuar de los uniformados se generó porque el conductor de resistió al arresto.
En la lista también figuran la exjueza cuarta anticorrupción; Melina Lima y el excoordinador de la Fiscalía de La Paz, Junior Flores, ambos afrontaron procesos penales por cometer irregularidades mientras ejercían esos cargos.
Sostiene que la suspensión de plazos procesales vulnera principios constitucionales, que se debe permitir la participación de delegados de los 9 colegios de abogados y otro del nacional. Asimismo, que el postulante acredite que no cometió faltas éticas y que se deben marcar parámetros para verificar la “autoidentificación” como indígena.
La víctima corre el riesgo de un parto prematuro con seis meses de gestación, ella asegura que el ministro Iván Lima le ofreció su apoyo, pero la ayuda derivó en un “acuerdo” cuestionado. La Fiscalía inició la investigación en julio por el delito de violencia familiar.
En el caso de supuesto golpe de Estado, la Fiscalía inició la investigación hace 32 meses, pero hasta la fecha no concluye con las inspecciones oculares, ni la toma de declaraciones de denunciados, testigos y las supuestas víctimas.
La inobservancia de la parte procesal en proporcionar inmediatamente los recaudos necesarios no faculta convalidar una actitud dilatoria que entorpezca el tratamiento rápido y oportuno que deben merecer las solicitudes vinculadas con la libertad personal; ante estos supuestos corresponde a la autoridad judicial competente adoptar todas las medidas conducentes para que se efectivice la remisión de actuados y de manera inmediata se tramite la apelación presentada, debiendo la autoridad judicial dar la continuidad inmediata al trámite de apelación en atención al principio de celeridad procesal y en resguardo del derecho a la libertad física.