miércoles, diciembre 24, 2025

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Categoria: JURISPRUDENCIA

Sobre la responsabilidad del control jurisdiccional en la ejecución penal

La actuación del juez de ejecución penal que: "…no deberá necesariamente esperar que el condenado que cumpla su condena le solicite expresamente mandamiento de libertad por esta circunstancia, sino que inclusive podrá disponerla de oficio…".

El derecho a la fundamentación y motivación de las resoluciones como elementos del debido proceso

El Tribunal de alzada al momento de conocer y resolver recursos de apelación de la resolución que disponga, modifique o rechace medidas cautelares o determine la cesación o rechace ese pedido, deberá precisar las razones y elementos de convicción que sustentan su decisión; expresando de manera motivada la concurrencia de los presupuestos jurídicos exigidos, no pudiendo ser justificada su omisión por los límites establecidos en el art. 398 del CPP. Las resoluciones judiciales al momento de resolver la aplicación de medidas cautelares, deben observar la aplicación de los principios constitucionales como el de la presunción de inocencia, también los de proporcionalidad y legalidad.

El estándar jurisprudencial más alto en cuanto al derecho al debido proceso y su protección vía acción de libertad

Exista vinculación directa o indirecta con el derecho a la libertad física o personal, ante la amenaza de privación de libertad que el proceso penal supone; y, se hubieren agotado los medios de impugnación dentro del proceso penal, siempre que estos sean idóneos, específicos y aptos para restituir de forma inmediata los derechos que se encuentran en el ámbito de protección de la acción de libertad; salvo indefensión absoluta del accionante, supuesto en el cual, la acción de libertad podrá ser formulada de manera directa.

El derecho a la libertad y las condiciones de validez para su restricción

Corresponde al acusador probar y demostrar la concurrencia de esas circunstancias previstas en las normas precedentemente señaladas, no siendo suficiente la mera referencia y presunción de que concurran las mismas, pues por determinación del art. 16-II y 6 del CPP, se presume la inocencia del encausado mientras no se pruebe su culpabilidad.

CIDH: Integridad personal, psíquica y moral de los familiares

Se puede presumir un daño a la integridad psíquica y moral de familiares directos de víctimas de ciertas violaciones de derechos humanos aplicando una presunción iuris tantum respecto de madres y padres, hijas e hijos, esposos y esposas, compañeros y compañeras permanentes.

El derecho a la propiedad y el derecho que emerge de la posesión en una propiedad agraria

Los derechos de posesión y propiedad agraria, constituidos con posterioridad al 7 de febrero de 2009, previo proceso de saneamiento ejecutado por el INRA y posterior emisión de la correspondiente Resolución Suprema, Resolución Administrativa o Título Ejecutorial, no podrán exceder las 5 000 ha de superficie; sin embargo, aquellos derechos posesorios o de propiedad que hubieran sido reconocidos de la misma manera; es decir, a través del mismo procedimiento administrativo de saneamiento y que cuenten con Resolución Suprema, Resolución Administrativa o Título Ejecutorial, anteriores al 7 de febrero de 2009 y comprendan una superficie mayor a las 5 000 ha, no podrán ser afectados ni alterados.

Trámite procesal de la apelación incidental de una medida cautelar

Es un acto dilatorio cuando nterpuesto el recurso de apelación contra la resolución que rechaza la solicitud de cesación de detención preventiva, los antecedentes de la apelación no son remitidos por el juez a quo dentro del plazo legal de veinticuatro horas establecido por el art. 251 del CPP -salvo justificación razonable y fundada ante el tribunal de apelación, o se imprima un procedimiento o exigencias al margen de la leyˊ

Aplicación de la ley al momento de determinar la asistencia familiar a favor de la ex cónyugue

La culpabilidad o reproche para la desvinculación conyugal imputable a la esposa, resulta ostensiblemente desigual al reproche imputable al esposo, sencillamente porque el incumplimiento al deber de respeto que se le atribuye a ella no guarda relación con el incumplimiento a los deberes de respeto, asistencia, cohabitación y de fidelidad imputables al esposo.

Los derechos de la víctima en la Constitución Política del Estado vigente y el Código de Procedimiento Penal

Los elementos de la reparación moral, se deben considerar los siguientes elementos: Objetivar la acción de la justicia a través de la sanción al delincuente (que se haga justicia); Resguardar la dignidad de la víctima, durante el proceso (respeto al agraviado); Evitar que se prolonguen las aflicciones de la víctima, abreviando la duración del proceso (Celeridad). Los elementos de la reparación material, los elementos a tomar en cuenta son los siguientes: Indemnización por daño psicológico (moral); Indemnización por daño físico (personal); Indemnización por daño patrimonial (económico).
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