InicioM. ADMINISTRATIVAJurisprudencia adm

Ver: Jurisprudencia adm

El catastro urbano y su...

El derecho a la propiedad reconocido por el art. 56 de la CPE, permite en general el uso, goce y disposición de un bien, garantizándose dichas prerrogativas contra la intromisión de cualquier tercero, sea particular o público.

Los informes y notas no...

Estos documentos no constituyen ni generan actos administrativos definitivos, no constituyen ni generan actos administrativos definitivos, pueden o no ser asumidos por las autoridades encargadas de la toma de decisiones; y en consecuencia,  no se puede exigir su impugnación  mediante los recursos de revocatoria o jerárquico,

El catastro urbano y su relación con el derecho a la propiedad

El derecho a la propiedad reconocido por el art. 56 de la CPE, permite en general el uso, goce y disposición de un bien, garantizándose dichas prerrogativas contra la intromisión de cualquier tercero, sea particular o público.

Inexistencia de un...

Una Resolución Administrativa que ha sido impugnada por el contribuyente en sede administrativa o en sede judicial, que no haya alcanzado la validez de cosa juzgada material y/o formal, no puede dar origen a otro proceso de fiscalización, en razón al efecto suspensivo de la impugnación.

Sobre el régimen...

No están sometidos a la Ley del Estatuto del Funcionario Público ni a dichas normas básicas, aquellas personas que con carácter eventual o para la prestación de servicios específicos o especializados, se vinculen contractualmente con una entidad pública, estando sus derechos y obligaciones regulados en el respectivo contrato y ordenamiento legal aplicable y cuyo procedimiento, requisitos, condiciones y formas de contratación se regulan por las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios.

Respecto al principio...

Contra los abogados en patrocinio técnico al interior de un proceso penal, la decisión judicial debe contar con el voto del derecho a la impugnación como vertiente del derecho a la defensa; es decir, el derecho a la doble instancia debe concurrir necesariamente ante un fallo judicial que impuso una sanción económica disciplinaria, en razón a que “…El derecho a la defensa irrestricta, es un elemento integrante transversal a todas las fases sustantivas del proceso penal y también es inherente a la totalidad de procesos disciplinarios sin exclusión.

Por uso indebido...

La adquisición de 6 vagonetas adicionales que no estaban contempladas en el POA y el PAC del presupuesto de la gestión 2006; y, que tampoco se hizo conocer oportunamente esa decisión al superior jerárquico como establece el art. 63 del DS Nº 23318-A de 3 de noviembre de 1992, constituyen un gasto extra presupuestario considerándose el mismo como uso indebido de los recursos y por ende no son reconocidos como obligación del Estado.