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jueves, febrero 6, 2025

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M. ABOGACIA

Poder ordenador y disciplinario de jueces y tribunales de acuerdo al art. 339 del CPP a la luz del principio de proporcionalidad

Las sanciones a ser impuestas por el administrador de justicia, deben encontrarse dentro del marco de la razonabilidad y aplicarse bajo el principio de proporcionalidad, que en esencia establece que la sanción debe estar acorde con la falta; por lo que, inicialmente deberá valorarse los  hechos y argumentos que sean expuestos con la finalidad de desestimar una actuación irreverente frente a la ley por parte de los sujetos procesales y efectuando una ponderación de los mismos

La contaminación jurídica por la actuación conjunta de magistrados con mandatos diferentes en Bolivia

La coexistencia de magistrados prorrogados y electos representa un desafío inédito para el sistema judicial boliviano. Este escenario no sólo pone en riesgo la validez de las decisiones judiciales, sino que también afecta la percepción de independencia y legitimidad de los órganos judiciales.

Rol público de los colegios profesionales

Los Colegios Profesionales cumplen la función de, además de representar a sus colegiados y demandar el respeto de sus derechos, controlar que el ejercicio de la profesión que se trate se realice dentro del ámbito señalado por la ley que, en protección del orden público y el beneficio colectivo

La defensa técnica como abogado en causa propia

La defensa de un abogado o abogada en causa propia es aplicable desde el marco de las normativas internacionales e internas descritas, tomando en cuenta que estas resguardan la inviolabilidad de la defensa y la libre elección de un defensor... por lo que, el abogado puede ejercer su derecho a la defensa técnica en causa propia.

Principios básicos sobre la Función de los Abogados

PREAMBULO Considerando que los pueblos del mundo afirman en la Carta de las Naciones Unidas, entre otras cosas, su resolución de crear condiciones bajo las...

Reglamento a la Ley del ejercicio de la abogacía

El presente Decreto Supremo tiene por objeto reglamentar la Ley Nº 387, de 9 de julio de 2013, del Ejercicio de la Abogacía.

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