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martes, abril 1, 2025

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Corte Interamericana de Derechos Humanos

Caso Hotel Las Américas pasa a la Corte IDH tras rechazo a prórroga solicitada por Bolivia

La CIDH niega el pedido del Estado boliviano de ampliar el plazo para llegar a un acuerdo con los afectados por este caso

El derecho de acceso a la información

El derecho de acceso a la información, no solo encuentra su protección en la Constitución Política del Estado, sino que los instrumentos normativos de orden internacional y los organismos de protección de los Derechos humanos, protegen ampliamente el mismo. De la igual forma, cabe aclarar que toda persona natural y jurídica, tiene el derecho de acceder a la información pública incluso sin acreditar un interés directo, en el marco de lo estipulado por el art. 21.6 de la CPE, a cuyo efecto, el Estado está en la obligaciones de proporcionar la información requerida, excepto en los casos que exista una restricción legal dentro del marco de razonabilidad, conforme a los entendimientos precedentemente referidos.

Constitucionalista cuestiona que el TCP concluya su mandato sin resolver la reelección indefinida

El jurista advirtió que los magistrados del TCP podrían ocurrir en incumplimiento de deberes si no resuelven el caso de la reelección indefinida

Sobre el deber de fundamentación y motivación de la resolución judicial

El Tribunal de Alzada al resolver el Recurso de Apelación Restringida, tiene la ineludible obligación de, no solo responder a lo que el recurrente denunció en su recurso, sino, además, realizar una fundamentación y motivación adecuada para cada agravio expresado, al exponer el criterio correspondiente.

Sobre el interés superior de la niña, niño y adolescente

El interés superior del menor se nos presenta como una de las bases sobre las que se sustenta el sistema de protección de la infancia, por lo tanto, debe operar en todos los casos donde se halle involucrado un menor y el derecho ha de desarrollar todos los mecanismos para garantizar dicho interés de forma efectiva

Sobre el delito de Violación y la violencia de género

La incorporación de la perspectiva de género en la labor jurisdiccional, implica cumplir el derecho a la igualdad, remediando las relaciones asimétricas de poder y situaciones estructurales de desigualdad, así como visibilizar la presencia de estereotipos discriminatorios de género en la producción e interpretación normativa y en la valoración de hechos y pruebas, eliminando el sesgo de género en la fundamentación y argumentación de las decisiones judiciales, principio de igualdad que se encuentra establecido en los arts. 7 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y 8.II de la CPE

Sobre el principio pro homine o pro persona en materia de derechos fundamentales

El principio pro homine también indica que “en caso de duda, debe optarse por la interpretación que proteja, asegure, garantice los derechos humanos en su conjunto, en una estructura coherente a la luz de los valores que los informan”. El principio de interpretación pro homine está estrechamente ligado al principio de interpretación conforme, contenido en el art. 9.I de la CPE, que establece la garantía efectiva de los derechos, como fin y función esencial del Estado.

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