viernes, enero 9, 2026

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Etiqueta: prueba

Libertad probatoria, pericia y metapericia

La metapericia es un recurso probatorio legítimo y necesario dentro del sistema acusatorio, porque garantiza el control técnico de los informes periciales, evita decisiones basadas en procedimientos defectuosos y fortalece la búsqueda de la verdad material dentro de los límites del debido proceso.

Debida motivaciòn y fundamentación

Todo fallo judicial debe poseer: Concreción, que es el objeto del proceso o del recurso; Sufciencia, por la que se explique las razones de la decisión, narrando los hechos de manera sencilla, ordenada y fuida, incluyendo información necesaria a los fnes de aplicación de la norma al caso concreto; Coherencia, evitando contenido contradictorio entre las partes que la componen; y, Congruencia, entendida como la respuesta en simetría a las cuestiones puestas a consideración y que conformaron el objeto del proceso, o en caso de impugnación, del recurso.

LA PRUEBA ILÍCITA: LA REGLA DE EXCLUSIÓN PROBATORIA Y SUS EXCEPCIONES

MANUEL MIRANDA ESTRAMPES Fiscal de la Fiscalía ante el Tribunal Constitucional

Respecto a la denuncia de revalorización probatoria

El Tribunal de alzada en observancia del art. 413 última parte del CPP, puede emitir nueva sentencia incluso modificando la situación del imputado de absuelto a condenado o de condenado a absuelto, siempre y cuando no proceda a una revalorización de la prueba, menos a la modificación de los hechos probados en juicio al resultar temas intangibles, dado el principio de inmediación que rige el proceso penal boliviano

No es necesario presentar prueba en memorial que solicita cesación a la detención preventiva

Cuando la presentación de la prueba para dicha solicitud puede ser presentada junto al memorial correspondiente o en la misma audiencia tal como se tiene precedentemente señalado.

De la valoración de la prueba

Respecto a la valoración de la prueba, resulta loable destacar que es una facultad privativa de los Jueces de grado, el apreciar la prueba de acuerdo a la valoración que les otorga la ley y cuando ésta no determina otra cosa, podrán hacerlo conforme a su prudente criterio o sana crítica.

La presentación de documentos de fecha posterior, o si son anteriores bajo juramento de no haber sido conocidas antes por el actor

Después de interpuesta la demanda, solo admite la presentación de documentos de fecha posterior a la demanda, o si son anteriores bajo juramento de no haber sido conocidas antes por el actor bajo juramento de reciente obtención.

Naturaleza jurídica de la prueba trasladada

Para que la prueba traslada opere debe ser ratificada en el otro proceso, haber intervenido también las mismas partes y haberse producido la prueba trasladada por una de las partes.

De la producción de prueba en apelación incidental

Es importante referir que la prueba que el recurrente pretenda hacer valer en segunda instancia debe necesariamente estar circunscrita a la comprobación de hechos que fueron previamente denunciados ante el Juez a quo y resueltos por este
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