martes, noviembre 25, 2025

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Etiqueta: prueba

Sobre la valoración de la prueba en la etapa preparatoria

Los elementos probatorios obtenidos por el Ministerio Público, el querellante y el imputado en esta etapa únicamente tienen un valor informativo, que servirán en su momento para fundar la imputación y posterior acusación formal, así como para que el imputado pueda asumir su defensa en el juicio oral; de lo cual se establece que la etapa investigativa no es probatoria, habida cuenta que el ofrecimiento, recepción y valoración de la prueba se efectuaran en el juicio oral y público

Respecto a la denuncia de revalorización probatoria

El Tribunal de alzada en observancia del art. 413 última parte del CPP, puede emitir nueva sentencia incluso modificando la situación del imputado de absuelto a condenado o de condenado a absuelto, siempre y cuando no proceda a una revalorización de la prueba, menos a la modificación de los hechos probados en juicio al resultar temas intangibles, dado el principio de inmediación que rige el proceso penal boliviano

No es necesario presentar prueba en memorial que solicita cesación a la detención preventiva

Cuando la presentación de la prueba para dicha solicitud puede ser presentada junto al memorial correspondiente o en la misma audiencia tal como se tiene precedentemente señalado.

De la valoración de la prueba

Respecto a la valoración de la prueba, resulta loable destacar que es una facultad privativa de los Jueces de grado, el apreciar la prueba de acuerdo a la valoración que les otorga la ley y cuando ésta no determina otra cosa, podrán hacerlo conforme a su prudente criterio o sana crítica.

La presentación de documentos de fecha posterior, o si son anteriores bajo juramento de no haber sido conocidas antes por el actor

Después de interpuesta la demanda, solo admite la presentación de documentos de fecha posterior a la demanda, o si son anteriores bajo juramento de no haber sido conocidas antes por el actor bajo juramento de reciente obtención.

Naturaleza jurídica de la prueba trasladada

Para que la prueba traslada opere debe ser ratificada en el otro proceso, haber intervenido también las mismas partes y haberse producido la prueba trasladada por una de las partes.

De la producción de prueba en apelación incidental

Es importante referir que la prueba que el recurrente pretenda hacer valer en segunda instancia debe necesariamente estar circunscrita a la comprobación de hechos que fueron previamente denunciados ante el Juez a quo y resueltos por este

El juzgador puede afianzar su convencimiento no en el número de pruebas o testigos introducidos al juicio, sino más bien entorno a su pleno convencimiento conducido por su entendimiento

No se puede exigir un número determinado de pruebas o deposiciones coincidentes de los testigos, si uno sólo puede crear convicción en el juzgador

Valoración del juez cautelar sobre la legalidad o ilegalidad de pruebas a momento de dictar resolución de medidas cautelares

La única oportunidad en la que el juez de instrucción puede considerar la legalidad o ilegalidad de un acto relativo a la recolección de elementos, es cuando deba fundar su decisión en él.
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