viernes, diciembre 12, 2025

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Categoria: TCP

El rol de los Gobierno Autónomos Municipales en la protección del medio ambiente

Los Gobiernos Autónomos Municipales no son simples ejecutores de políticas nacionales, sino como entidades con capacidad proactiva para la gobernanza ambiental en su territorio; para lo cual, se les otorgó atribuciones, deberes y obligaciones con potestades de planificar, legislar, ejecutar y fiscalizar todo lo atinente a la protección del medio ambiente. Mandatos claros y directos, cuya omisión o ejercicio negligente compromete la responsabilidad de sus autoridades, agravada por su condición de servidores públicos; ya que, el incumplimiento de estos deberes no sólo constituye una infracción a la normativa ambiental, sino que representa una vulneración directa del derecho fundamental a un medio ambiente sano, protegido y equilibrado, pilar esencial del “vivir Bien” consagrado por la Constitución Política del Estado. Así las cosas, la acción u omisión de una autoridad municipal que resulte en daño ambiental, es justiciable y sujeta a responsabilidades administrativas, legales y constitucionales.

El derecho al Juez natural en su elemento competencia y su tutela a través de la acción de amparo constitucional

...si bien es cierto que ahora la jurisprudencia permite la tutela de la garantía del juez natural, en su elemento competencia, como parte del debido proceso, a través de la acción de amparo constitucional; dicha tutela sólo será aplicable siempre y cuando exista y se compruebe la vulneración de derechos fundamentales y la relevancia constitucional correspondiente en relación al caso concreto

La sustracción de materia o teoría del hecho superado como causal de improcedencia y denegatoria de la acción de amparo constitucional

...para que opere la improcedencia de la acción de amparo constitucional por cesación del acto acusado de ilegal, es necesario que éste haya quedado sin efecto o se hubiera superado la vulneración al derecho cuya tutela se solicita, antes de la notificación con la demanda tutelar.

Competencia territorial de los jueces, tribunales de garantías y de las Salas Constitucionales

Si un juez o tribunal no se encuentra investido de competencia territorial para conocer una acción tutelar, y sin embargo, tramitó y resolvió la misma, incumpliendo la jurisprudencia constitucional, dicha resolución resulta nula

El derecho a la vida, como derecho tutelable a través de la acción de libertad

Ingresando a la problemática de fondo, y que se refiere a la vulneración del derecho a la libertad del accionante, debido a su detención preventiva, de la cual derivaría a su vez la afectación de su derecho a la vida toda vez que fue encerrado en las celdas junto a reos de extrema peligrosidad que en su momento el accionante como Juez cautelar, juzgó y quienes ahora realizan amenazas y presiones contra el afectado; es evidente que dicha circunstancia, se configura en un riesgo para la vida del demandante por cuanto al no existir un informe de la autoridad demandada en el que por lo menos hubiera desvirtuado tal denuncia, en el sentido que, su autoridad como máximo contralor del proceso y tomando en cuenta que el detenido tenía la calidad de Juez contralor, haya dispuesto su detención en un área separada de los reos comunes, para así salvaguardar su integridad física como psicológica, aspectos que debieron ser de observancia para el Juez demandado.

Derecho al ejercicio pleno de la función pública

Cualquier acto que menos cabe o intente impedir a una persona el poder desempeñarse en un cargo para el cual fue electa o electo, afecta gravemente su derecho a ejercer esa función pública, así como su derecho al trabajo.

De la temeridad con la que actúan los accionantes a tiempo de plantear sus demandas tutelares

Deberá ser impuesta, únicamente, cuando se evidencie que el accionante, actuó dolosamente con temeridad, abusando de su derecho de solicitar la tutela de sus derechos y lesionando intereses legítimos de la parte contraria o bienes jurídicamente protegidos.

Marco normativo y jurisprudencial para el analisis de admisibilidad de un recurso de casación

El recurrente se limite en el recurso de casación a formular una simple denuncia de actividad procesal defectuosa sin la debida fundamentación; por el contrario, en este tipo de situaciones, la parte recurrente deberá formular las denuncias vinculadas a la existencia de defectos absolutos, teniendo la obligación de cumplir con las siguientes exigencias:  i) Proveer los antecedentes de hecho generadores del recurso;  ii) Precisar el derecho o garantía constitucional vulnerado o restringido;  iii) Detallar con precisión en qué consiste la restricción o disminución del derecho o garantía; y, iv) Explicar el resultado dañoso emergente del defecto.

Cumplimiento y ejecución de las Sentencias Constitucionales Plurinacionales en la medida de lo determinado

Las sentencias constitucionales emitidas por los jueces o tribunales de garantías en acciones de defensas o por el Tribunal Constitucional Plurinacional, también en otro tipo de procesos constitucionales, deben ser ejecutadas y cumplidas en los términos expresados en la parte resolutiva, es decir, en la medida de lo determinado. En las acciones de defensa, el art. 129.V de la CPE, es explícito cuando señala: ‘La decisión final que conceda la acción de amparo constitucional será ejecutada inmediatamente y sin observación’; del mismo modo, cuando el art. 36.8 del CPCo, establece que: ‘La resolución que conceda o deniegue respectivamente la tutela solicita será emitida oralmente en la audiencia e inmediatamente ejecutada’”

La antinomia entre el Código de Procedimiento Penal y la Ley 348

Un mandato imperativo tendiente a la erradicación de la violencia contra las mujeres, estableciendo como obligación subyacente, la de actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer, en aquellos delitos que contienen hechos de violencia contra las mujeres, que comprometen su vida e integridad sexual, entre los cuales, estarían inmersos los tipos penales de feminicidio, homicidio, suicidio, aborto forzado, lesiones gravísimas, violación, abuso sexual, acoso sexual, actos sexuales abusivos, padecimientos sexuales, incumplimiento de deberes de protección a mujeres en situación de violencia
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