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sábado, junio 28, 2025

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Jurisprudencia constitucional

Sobre el derecho a la intimidad

Los alcances del derecho a la intimidad, cabe señalar que el mismo se identifica jurídicamente con el concepto de vida privada, que es el conjunto de actos, situaciones y circunstancias que por su carácter personalísimo no están, por regla general, expuestos a la curiosidad y a la divulgación, pues están sustraídos a la injerencia o al conocimiento de extraños.

Sobre la tutela judicial efectiva o acceso a la justicia

El ámbito de protección reconocido por este Derecho, es lógico suponer que la tutela judicial efectiva no sólo comprende el acceso libre a la autoridad jurisdiccional (entendido como el inicio formal de la pretensión procesal), sino que el mismo de forma activa a lo largo de todo el proceso, debe impregnarse de la garantía del debido proceso”.

Obligación de denunciarse los actos ilegales u omisiones indebidas en las vías y mecanismos ordinarios

Para cumplir la exigencia de subsidiariedad, los hechos que se relacionan como lesivos a los derechos o garantías en sede judicial o administrativa, no pueden ser distintos de los hechos que se expresan en sede constitucional; pues al haber omitido impugnarlos allí oportunamente, no es posible que se active la tutela.

Del contenido esencial del derecho a la petición y de los presupuestos para su tutela

Consecuentemente, para que la justicia constitucional ingrese al análisis de fondo de la presunta lesión al derecho de petición, es exigible: 1. La existencia de una petición oral o escrita; 2. La falta de respuesta material y en tiempo razonable a la solicitud y 3. La inexistencia de medios de impugnación expresos con el objetivo de hacer efectivo el derecho de petición

El procedimiento a ser desarrollado por denuncias de incumplimiento o sobrecumplimiento de resoluciones constitucionales

No solo quien activó la queja puede impugnar la resolución sino también la parte procesal que hubiese sido notificada con esa determinación y considere que la resolución del juez o tribunal de garantías genera a su vez un incumplimiento o sobrecumplimiento, situación que corresponde ser dilucidada ante el Tribunal Constitucional Plurinacional.

Del contenido esencial del derecho a la petición y de los presupuestos para su tutela

En el caso concreto resulta evidente la afectación del derecho a la petición previsto por el art. 24 de la CPE; toda vez que, el aludido derecho se materializa y concretiza cuando una vez realizada cualquier petición ante una autoridad o persona particular esta recibe una respuesta pronta, oportuna y congruente con lo impetrado, a efecto de que el solicitante, asuma conocimiento de dicha contestación positiva o negativa y pueda activar las acciones y mecanismos que considere pertinentes en defensa de sus derechos si correspondiere.

Denegatoria de la acción de amparo constitucional por actos consentidos expresamente

El consentimiento libre y expreso supone la acción voluntaria de la persona de someterse al acto considerado lesivo, sin objetarlo, tomando una actitud pasiva frente al mismo, o en su caso, realizando acciones que no tienden a restablecer el acto considerado lesivo’; y para que se abra la tutela que brinda este recurso, la actuación de las partes dentro de los procesos judiciales o administrativos, una vez producido el acto considerado ilegal o lesivo, debe ser activa y permanente en procura de su reparación, para que recién, en su caso, ante la falta de protección y una vez agotados todos los medios a su alcance acudir directamente a la tutela que brinda este recurso y no realizar, por el contrario, acciones que reflejen el consentimiento del acto reclamado al continuar con la  tramitación del proceso sometiéndose a sus incidencias

La nulidad de obrados cuando se hubiere inobservado las reglas de competencia

El derecho al juez natural ‘…exige que el órgano judicial haya sido creado previamente por la norma jurídica, que ésta le haya investido de jurisdicción y competencia con anterioridad al hecho motivador de la actuación o proceso judicial.

Sobre la necesidad de restringir la designación de la ciudadana o ciudadano censurado por la Asamblea Legislativa Plurinacional como parte del Gabinete Ministerial; o...

Dicho de otro modo, la atribución conferida a la Asamblea Legislativa Plurinacional en el art. 158.I.18 de la CPE, carecería de sentido si en su caso se admitiera que la autoridad ministerial destituida pueda ser designada nuevamente y continuar con las funciones que le fueron observadas.

El principio de verdad material y la prevalencia del derecho sustantivo sobre el adjetivo

Las autoridades judiciales, en aplicación del principio pro actione deberán extremar las posibilidades de interpretación hacia aquello que resulte más favorable al acceso a la jurisdicción, evitando que la observancia de ritualismos extremos torne que el acceso a la justicia sea degradado o imposible de ejercer para el justiciable; sin que ello implique, subsanar la negligencia del actor en la formulación de recurso u omitir la verificación de un “núcleo argumentativo básico y preciso” tendiente a la pretendida tutela.

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