sábado, diciembre 6, 2025

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Categoria: M. Laboral

Sobre la exigencia del Carnet de Discapacidad para la tutela de la garantía de inamovilidad laboral

En aquellos supuestos en los cuales no se presente el certificado de discapacidad expedido por el CODEPEDIS, para el reconocimiento de la garantía constitucional de inamovilidad laboral de las personas con discapacidad o con dependientes discapacitados, cuya situación sea notoria, evidente y verificable con otros medios de prueba; podrá conceder únicamente una tutela provisional, otorgando al justiciable un plazo de seis 12 meses para que obtenga el certificado único de discapacidad expedido por el CODEPEDIS

Decreto Supremo Nro. 4668

Regula la aplicación de los derechos laborales adquiridos por las trabajadoras y los trabajadores, sujetos al régimen laboral de la Ley General del Trabajo, de 8 de diciembre de 1942.

El principio de informalismo y las sub reglas jurisprudenciales aplicables en materia administrativa

El principio de informalismo rige a favor del administrado y no a favor de la administración, quien más bien está obligada al cumplimiento de todas las formalidades establecidas en las normas a ser aplicadas en su relación con las personas, pues la misma no podría invocar este principio para eludir el cumplimiento de sus obligaciones dejando así de cumplir con las exigencias que el orden jurídico le impone o para dejar de acatar las reglas del procedimiento

De los contratos a plazo fijo

#SoloDerecho │ El accionante no cuenta con inamovilidad laboral debido a que este derecho solo alcanza hasta la conclusión del plazo del contrato, pues no es posible que una relación eventual en el servicio público, pueda convertirse en indefinida

La protección constitucional del derecho a la vida del ser en gestación y de los padres progenitores

La inamovilidad por razón de embarazo, no en el sentido literal de la palabra, cual sería no mover al servidor público del cargo que ocupa, sino más bien, como una forma de estabilidad laboral en la que sí se los podrá mover

Inamovilidad laboral de personas con familiares dependientes con discapacidad

Para el efecto deberán cumplir con la normativa vigente, debiendo acreditar dicho extremo con el Certificado Único de Discapacidad emitido por el Ministerio de Salud y Deportes, documento que califica el tipo y grado de discapacidad de una persona previa evaluación de ésta por un equipo acreditado, conforme establece el art. 3 del DS 28521 de 16 de diciembre de 2005”

La notificación a uno de los coherederos del trabajador fallecido no procede la nulidad del proceso por falta de notificación

No corresponde la nulidad de obrados por falta de notificación a los herederos de los trabajadores fallecidos, ya que la sola intervención de uno de los coherederos, empezado por la conyugue o conviviente es suficiente para continuar el tramite; del cual el objeto resulta la declaración del derecho que reclama el trabajador, como es el pago dominical, y no así el derecho de todos o cada uno de los coherederos respecto a lo que pueda determinarse en el proceso.

Existe relación laboral del abogado que presto servicios de asesoría legal desde su oficina a favor de una entidad bancaria

La abogada prestó servicios profesionales de Asesoría Legal al Banco Nacional de Bolivia Regional Bermejo desde su oficina, trabajo que realizo en subordinación, dependencia y a cambio de una remuneración mensual, porque su actuación y accionar estaba dirigida por autoridades del Banco, quienes impartían órdenes y directrices para el cumplimiento de sus funciones, bajo la advertencia de ser sancionada inclusive en caso de no cumplir con lo encomendado.

Parámetros que deben ser tomados en cuenta por la jurisdicción ordinaria, al momento de tener conocimiento de una demanda por pago de salarios y/o sueldos devengados

Respecto al pago de salarios devengados o no pagados como emergencia de una desvinculación laboral, se observa que se trata de pretensiones por lo general ligadas a las denuncias de reincorporación presentadas, que de forma mecanica señalan: “más el pago de salarios y/o sueldos devengados o no percibidos, por el tiempo que se vio interrumpida la relación laboral”.

Explotación laboral y acoso laboral causales para solicitar desahucio por despido indirecto

#SoloDerecho │ La renuncia que presente el trabajador no deberá obedecer a motivos personales o que respondan a su propia voluntad, sino que tal decisión obedeció a la presión y hostigamiento que devino de la recarga laboral que ésta sufrió en su fuente de trabajo
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