miércoles, noviembre 26, 2025

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Categoria: Delitos

Sobre la figura de decomiso en el marco del art. 71 bis del CP

Lo recomendado por la GAFI, considera la Sala debe armonizar con los entendimientos previstos por la Legislación nacional, que en el caso que ocupa autos se manifiesta en la vinculación causal con el delito para mantener razonable una medida de decomiso, pues de ser tal medida irrestricta o basada en la sola presunción, bien puede afectar a la economía de origen lícito, al pensarse que es ilícita solo por la acusación o presunción. Por esta razón, el art. 71 bis del CP, solamente considera como bienes sujetos a decomiso, aquello vinculados directa o indirectamente con el delito de LGI, lo que significa que incluso los recursos de origen lícito que son utilizados para ocultar o lavar los bienes de ilícita procedencia, pueden ser objeto de decomiso, empero, siempre y cuando en juicio oral se demuestre esa vinculación.

Sobre los tipos penales de falsedad con relación al de Uso de Instrumento Falsificado

El forjado del documento falso o adulterado, está dirigido a castigar la conducta de agentes que no han intervenido en la elaboración del documento falso, pero que hacen uso de él, de ahí que no puede existir concurso de los delitos de falsedad (sea material o ideológica) con el uso de dicho documento.

Configuración del tipo penal y el dolo

El tipo subjetivo en el delito de Injuria, es el dolo, constituido por la conciencia y la voluntad de injuriar.

Naturaleza jurídica del arresto y aprehensión

El «arresto» al no ser una medida judicial, es una atribución del fiscal o la policía, pero a fin de evitar decisiones arbitrarias o no justificadas, es que el art. 225 CPP, ha establecido los presupuestos materiales para la adopción de esa medida que son, por una parte, la imposibilidad de individualización de los autores, partícipes y testigos y, por otra parte, el riesgo de que puedan perjudicar la investigación

No se requiere identificar al autor de la falsificación en delitos de falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado

En concurso de los delitos de falsedad (sea material o ideológica) con el uso de dicho documento, es sancionar la conducta del agente que labró el documento, no le alcanza el tipo penal de Uso de instrumento falsificado.

Contenido de memoriales no puede considerarse como una declaración falsa

El delito de Falsedad Ideológica se configura en el momento que una persona inserta o hace insertar declaraciones falsas en un instrumento público, es decir, el hecho de que algunas firmas no le correspondan al imputado, no puede considerarse una declaración falsa.
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