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domingo, julio 27, 2025

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JURISPRUDENCIA

La Fianza como medida sustitutiva de la detención preventiva: Presupuestos necesarios para su aplicación conforme a la legislación boliviana y el Sistema Interamericano de...

Al igual que el artículo 7.5 de la Convención Americana, que la puesta en libertad del procesado puede ser condicionada a una garantía que asegure su la comparecencia al juicio184 . Ello significa que la naturaleza y la cantidad de la garantía exigida deben estar relacionadas principalmente con la persona procesada, su situación patrimonial o su relación con la persona que paga la fianza, todo ello para alcanzar el mayor grado de seguridad que sea posible, entendiendo que la perspectiva de una acción en contra del garante en caso de no comparecencia al proceso constituiría una motivación suficiente como para abstenerse de darse a la fuga.

Las condiciones de validez para la restricción del derecho a la libertad física o personal

A partir de la jurisprudencia de la Corte IDH que fue ampliamente citada en este punto y que, por tanto, en ejercicio del control de convencionalidad, corresponde ser aplicada para la imposición de las medidas cautelares, en especial, la detención preventiva.

Existe especial rechazo a los delitos que transgreden la libertad sexual de las víctimas

Tratándose de delitos contra la libertad sexual cometidos contra niños y niñas que por su naturaleza se encuentran en estado de vulnerabilidad, realizando una aplicación de la jurisprudencia de la protección de derechos de los imputados menores y los derechos de las víctimas también menores de edad, deben primar los intereses y derechos de la víctima.

Sobre el trámite de la solicitud de cesación a la detención preventiva

La Oficina Gestora de Procesos, a través del buzón de notificaciones de ciudadanía digital, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes, correrá traslado a las partes, quienes deberán responder en el plazo de cuarenta y ocho (48) horas. Con contestación o sin ella, la jueza, el juez o Tribunal dictará resolución sin necesidad de audiencia, dentro del plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas siguientes, declarando la procedencia, siempre que la demora no sea atribuible a los actos dilatorios del imputado, o la improcedencia del beneficio, sin posibilidad de suspensión de plazos.

La filiación e identidad

En la elección del nombre entran en juego tanto el interés general, en pro de la individualización de las personas y de la preservación del idioma, como el interés de los padres del nacido, y del portador del nombre después, ya que el nombre se relaciona con la personalidad del sujeto en cuestión.

La solicitud de la cesación de la detención preventiva en fase del juicio oral

En fase de juicio oral al no existir actos investigativos que desplegar; en razón a que, ya existe requerimiento de acusación fiscal, corresponde necesariamente enervar los riesgos procesales que sostienen la medida cautelar extrema para obtener la cesación a la medida impuesta

La Fianza como medida sustitutiva de la detención preventiva: Presupuestos necesarios para su aplicación conforme a la legislación boliviana y el Sistema Interamericano de...

La naturaleza y la cantidad de la garantía exigida deben estar relacionadas principalmente con la persona procesada, su situación patrimonial o su relación con la persona que paga la fianza, todo ello para alcanzar el mayor grado de seguridad que sea posible, entendiendo que la perspectiva de una acción en contra del garante en caso de no comparecencia al proceso constituiría una motivación suficiente como para abstenerse de darse a la fuga.

Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones emitidas por el Ministerio Público, incidencia y connotación en casos que involucran presunta violencia contra la...

Toda decisión emitida dentro de un proceso penal que no implique cuestión de mero trámite sino que concierna al fondo de lo que se investiga debe ser necesariamente motivada o lo que es lo mismo, debidamente fundamentada, lo que significa, que tanto el fiscal o los jueces que conozcan el proceso, sea en control jurisdiccional o para resolver el fondo, deberán dictar sus requerimientos o resoluciones cumpliendo las exigencias de la estructura de forma como de contenido de las mismas.

Sobre la duración de la detención preventiva con base en los lineamientos establecidos en la Ley 1173 modificatoria del Código de Procedimiento Penal

En caso que ante la falta de solicitud fundamentada del Ministerio Público a los efectos de la ampliación de la detención preventiva inicialmente dispuesta, la autoridad jurisdiccional deba disponer la libertad del procesado, esta, en el mismo acto, deberá considerar y adoptar las medidas de seguridad y protección que fueran necesarias para garantizar la seguridad y prevenir una eventual revictimización de las víctimas pertenecientes a grupos de vulnerabilidad o protección reforzada. Asimismo, corresponderá a dicha autoridad poner en conocimiento del Fiscal Departamental competente la determinación asumida, para los fines que por ley correspondan, con independencia de las comunicaciones procesales de rigor pertinentes.

Respecto a la inamovilidad laboral y las excepciones que se presentan en función al tipo de funcionario público

En relación a los funcionarios provisorios; es decir, aquellos servidores públicos que desempeñan funciones en cargos correspondientes a la carrera administrativa que son considerados provisorios; es decir, provisionales, no gozan de los derechos señalados por el 7.II del mencionado Estatuto; y en consecuencia, tampoco gozan de inamovilidad funcionaria.

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