sábado, enero 10, 2026

Portal Jurídico de la REPÚBLICA DE BOLIVIA

InicioEtiquetasDetención preventiva

Etiqueta: detención preventiva

El expresidente salió de celdas de la Felcc con las manos esposadas y en medio de efectivos policiales

El mandatario ingresó al penal de San Pedro a las 19:27 de este viernes. Allí permanecerá los próximos cinco meses, mientras continúan las investigaciones por el desfalco al Fondioc.

Aprehenden a funcionario de Migración y a dos abogados por el caso Marset

El ministro de Gobierno, Eduardo del Castillo, informó este jueves que a la 01.00 de este jueves se aprehendió a un funcionario de Migración y a dos abogados por tramitar la residencia del narco Sebastián Marset.

Un juez dicta 180 días de cárcel para el ‘segundo hombre’ de la banda de Marset

Erlan G. L. fue aprehendido el jueves y las autoridades investigan su relación con el capo uruguayo del narcotráfico Sebastián Marset

Advierten que el abuso de la detención preventiva con fines políticos promoverá procesos internacionales

En el caso de supuesto golpe de Estado, la Fiscalía inició la investigación hace 32 meses, pero hasta la fecha no concluye con las inspecciones oculares, ni la toma de declaraciones de denunciados, testigos y las supuestas víctimas.

El derecho a la fundamentación y motivación de las resoluciones como elementos del debido proceso

El Tribunal de alzada al momento de conocer y resolver recursos de apelación de la resolución que disponga, modifique o rechace medidas cautelares o determine la cesación o rechace ese pedido, deberá precisar las razones y elementos de convicción que sustentan su decisión; expresando de manera motivada la concurrencia de los presupuestos jurídicos exigidos, no pudiendo ser justificada su omisión por los límites establecidos en el art. 398 del CPP. Las resoluciones judiciales al momento de resolver la aplicación de medidas cautelares, deben observar la aplicación de los principios constitucionales como el de la presunción de inocencia, también los de proporcionalidad y legalidad.

El derecho a la libertad y las condiciones de validez para su restricción

Corresponde al acusador probar y demostrar la concurrencia de esas circunstancias previstas en las normas precedentemente señaladas, no siendo suficiente la mera referencia y presunción de que concurran las mismas, pues por determinación del art. 16-II y 6 del CPP, se presume la inocencia del encausado mientras no se pruebe su culpabilidad.

La Fianza como medida sustitutiva de la detención preventiva: Presupuestos necesarios para su aplicación conforme a la legislación boliviana y el Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos

Al igual que el artículo 7.5 de la Convención Americana, que la puesta en libertad del procesado puede ser condicionada a una garantía que asegure su la comparecencia al juicio184 . Ello significa que la naturaleza y la cantidad de la garantía exigida deben estar relacionadas principalmente con la persona procesada, su situación patrimonial o su relación con la persona que paga la fianza, todo ello para alcanzar el mayor grado de seguridad que sea posible, entendiendo que la perspectiva de una acción en contra del garante en caso de no comparecencia al proceso constituiría una motivación suficiente como para abstenerse de darse a la fuga.

Las condiciones de validez para la restricción del derecho a la libertad física o personal

A partir de la jurisprudencia de la Corte IDH que fue ampliamente citada en este punto y que, por tanto, en ejercicio del control de convencionalidad, corresponde ser aplicada para la imposición de las medidas cautelares, en especial, la detención preventiva.

Justicia ordena la detención preventiva de Chapetón; Mesa y Arias repudian decisión judicial

Desde la Alcaldía informaron que apelarán la determinación judicial porque consideran que Chapetón debe ser recluida en la cárcel al menos por seis meses.

Sobre la duración de la detención preventiva con base en los lineamientos establecidos en la Ley 1173 modificatoria del Código de Procedimiento Penal

En caso que ante la falta de solicitud fundamentada del Ministerio Público a los efectos de la ampliación de la detención preventiva inicialmente dispuesta, la autoridad jurisdiccional deba disponer la libertad del procesado, esta, en el mismo acto, deberá considerar y adoptar las medidas de seguridad y protección que fueran necesarias para garantizar la seguridad y prevenir una eventual revictimización de las víctimas pertenecientes a grupos de vulnerabilidad o protección reforzada. Asimismo, corresponderá a dicha autoridad poner en conocimiento del Fiscal Departamental competente la determinación asumida, para los fines que por ley correspondan, con independencia de las comunicaciones procesales de rigor pertinentes.
spot_img

Create a website from scratch

With Newspaper Theme you can drag and drop elements onto a page and customize them to perfection. Try it out today and create the perfect site to express yourself!